Subvenciones para la implantacion y difusion de la sociedad de la informacion y de la sociedad del conocimiento, dirigidas a PYMEs y empresarios autonomos para el año 2011 (Comercio electronico).

Código de ayuda:

S61337/10

Norma:

ORDEN 21 de octubre de 2010. DECRETO 188/2008, de 23 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/01/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudar a las PYMEs y empresarios autónomos en la adquisición e implantación de herramientas de comercio electrónico que permitan la venta por Internet, por entender que con ello se contribuye a fomentar la incorporación de las pequeñas y medianas empresas y de los empresarios autónomos a la sociedad de la información.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Ciencia, y Universidades (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individualizada de la subvención a otorgar será hasta el 50 % del coste subvencionable, con un máximo de 5.000 € por beneficiario, sin que en ningún caso pueda ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actuación subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas (PYMEs) y los empresarios autónomos, con domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón o con oficinas o delegaciones en dicha Comunidad Autónoma, cuyo objeto social no corresponda al sector de tecnologías de la información, que desarrollen las actuaciones subvencionables indicadas en el apartado anterior y sean seleccionadas conforme a los criterios de valoración.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considera actuación subvencionable la adquisición e implantación de herramientas software de comercio electrónico que incluyan la funcionalidad de venta online, con pasarela de pago y carrito de la compra. Se considera igualmente subvencionable la adaptación de tiendas virtuales ya existentes para incorporar esta funcionalidad.

Se considerará gastos subvencionables los de adquisición e implantación de las herramientas, o en su caso los de adaptación de tiendas virtuales, objeto de la actuación subvencionable, realizados durante 2011, y que se deriven de los siguientes conceptos:

a) Inversión en la adquisición de software dedicado a la actuación.

b) Contrataciones externas derivadas exclusivamente de la actuación.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiario quienes se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones y que sean de aplicación a los sujetos definidos en el punto 1 como beneficiarios.

No podrán obtener la condición de beneficiario quienes no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, así como quienes tengan alguna deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón. Para la acreditación de dichos requisitos, la presentación de la solicitud para la concesión de la subvención por parte del beneficiario conllevará la autorización al órgano gestor para recabar tanto los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Tesorería General como por los órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma.

La empresa deberá haber iniciado su actividad como tal con anterioridad a la presentación de la solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 06/10/2008
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 162
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/11/2010
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 222
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento