Subvenciones para la implantación y/o desarrollo de las nuevas tecnologías en las bibliotecas públicas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi.
Código de ayuda:
S05955/10Norma:
ORDEN de 23 de diciembre de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 04/03/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se establecen las bases, y efectúa la convocatoria, para la concesión de ayudas económicas destinadas a la implantación y/o el desarrollo de las nuevas tecnologías en las bibliotecas públicas municipales integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi en el ejercicio 2010.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Corporaciones Locales
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi titulares de bibliotecas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi bien sea a título individual, bien a través de entidades legalmente constituidas que engloben a varios de ellos en cuyo objeto se encuadre la gestión común del servicio de biblioteca pública. Así mismo podrán también ser beneficiarios los organismos de carácter local, competentesen materia de cultura y responsables de la gestión directa de las bibliotecas públicas municipales.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
En concreto será objeto de subvención la adquisición y/o instalación de:a) Hardware o soporte físico. Se incluyen los ordenadores y sus diferentes componentes, así como cualquier otro elemento material implicado en su funcionamiento o que requiera de ellos para su uso, tanto
cuando se opere de forma autónoma como cuando se haga en red (ordenadores de sobremesa, ordenadores portátiles, pdas, escáner, pantallas planas, periféricos, routers, unidades de almacenamiento, tarjetas gráficas, ratones, auriculares, impresoras, etc.).
b) Software o soporte lógico de sistemas informáticos. Entendido como el conjunto de programas y
procedimientos necesarios para hacer posible la realización de una tarea específica. Al efecto, se considerarán comprendidos en este apartado el software de sistemas y el software de aplicaciones que no sean sistemas de gestión bibliotecaria.
c) Telecomunicaciones. Instalación de redes de comunicación ya sean de cableado o inalámbricas.
Documentos asociados
Boletín:
03/02/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 22
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 22
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento