Subvenciones para la incorporación social y laboral de menores y jóvenes que estén cumpliendo o hayan cumplido medidas judiciales de conformidad con la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, para el año 2025.

Código de ayuda:

S27300/24

Norma:

RESOLUCIÓN de 29 de noviembre de 2024. DECRETO 52/2024, de 11 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de noviembre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria pública correspondiente al año 2025 para fomentar la creación de empleo mediante la incorporación al mercado laboral de menores y jóvenes que presenten especiales dificultades para acceder y mantenerse en el mercado laboral a través de su contratación.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Juventud
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Salud y Servicios Sociales (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Empresas privadas legalmente constituidas, y que ejerzan su actividad económica en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dentro de este concepto se recogen las siguientes tipologías:

1º Sociedades mercantiles.
2º Sociedades cooperativas.
3º Comunidades de bienes.
4º Los empresarios y las empresarias que bajo la forma de persona física estén dados de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos.

b) Ayuntamientos, mancomunidades y otras entidades locales territoriales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

c) Entidades del Tercer Sector.

Requisitos:

a) Que estén cumpliendo o que hayan cumplido medidas judiciales al amparo de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, siempre que no hayan transcurrido más de doce meses desde su finalización.

b) Tener una edad comprendida entre los dieciséis y los veintitrés años.

c) Presentar especiales dificultades para acceder y mantenerse en el mercado laboral.

d) Provenir del itinerario de inserción sociolaboral “Programa Construye tu Futuro” y ser propuestos a través de un informe que acredite tal extremo, por los Equipos Técnicos responsables de la integración sociolaboral de los mismos del sistema de atención a menores en conflicto con la ley.

Documentos asociados

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