Subvenciones para la innovacion, consolidacion y estabilidad de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo con sede social o delegacion permanente en Cantabria.

Código de ayuda:

S15582/08

Norma:

Orden EMP/26/2008, de 19 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/03/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases generales y convocar subvenciones para la innovación, consolidación y estabilidad de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) con sede social o delegación permanente en Cantabria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Formación
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Empleo y Bienestar Social (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Estudios de viabilidad, fortalecimiento de la organización, mejora de la calidad y otros de naturaleza análoga, incluyendo los gastos de contratación de personal experto correspondientes a salario, costes de seguridad social y otros.

b) Gastos de formación técnica de personal, socios/as y de voluntarios/as a través de la realización del master Iberoamericano en Cooperación Internacional y Desarrollo, experto en Cooperación al desarrollo o alguno de los módulos impartido por la Cátedra de Cooperación Internacional y con Iberoamerica de la Universidad de Cantabria.

c) Campañas de captación de socios/as y voluntarios/as.

d) Alquiler del local de la entidad.

e) Adquisición de material fungible, como material de oficina consumible, libros, material informático no inventariable.

f) Comunicaciones: Servicios telefónicos incluidos Internet, servicios postales y telegráficos.

Requisitos:

Las ONGD solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Contar con voluntariado cualquiera que sea su forma jurídica.

b) No estar incurso en cualquiera de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley de Cantabria de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 06/03/2008
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 47
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos. Descargar Documento