Subvenciones para la instalacion de aparatos elevadores.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S24464/12Norma:
L’Hospitalet de Llobregat, 25 de juny de 2012. L’Hospitalet de Llobregat, 14 de juny de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/10/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular el otorgamiento, mediante concesión directa, de ayudas económicas extraordinarias para la instalación de aparatos elevadores en los edificios de uso residencial existentes dentro del término municipal de L'Hospitalet de Llobregat.Categorías Subvención
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de l'Hospitalet de Llobregat (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La ayuda económica consistirá en una subvención propia a fondo perdido, cuya cuantía se determinará por la aplicación del 15% del coste real de las obras de instalación del aparato elevador con un límite de 12.000,00 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas, físicas o jurídicas, siguientes:a) Comunidades y mancomunidades de propietarios, así como comunidades de bienes o cualquier otro régimen de copropiedad o cotitularidad admisible en derecho, los edificios de uso residencial, constituidos en régimen de propiedad horizontal. En este caso, la persona que actuará en su representación será su Presidente o Administrador acreditado.
b) Propietarios, inquilinos, usufructuarios o usuarios de viviendas que se encuentren dentro de los edificios de uso residencial, constituidos en régimen de propiedad horizontal.
c) Propietarios, inquilinos, usufructuarios o usuarios de edificios de uso residencial constituidos en régimen de propiedad vertical.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La instalacion de aparatos elevadores.Requisitos:
a) Haber pasado la evaluación técnica, consistente en un informe previo al inicio de las obras, elaborado por un técnico con titulación de arquitecto superior o arquitecto técnico, el cual será el llamado TEDI (test del edificio) o ITE (informe técnico de del edificio).b) Haber finalizado las obras de instalación del aparato elevador y haber abonado la totalidad de su coste.
c) No tener abierto ningún expediente disciplinario urbanístico y / o de conservación, ocasionado por problemas estructurales del edificio.
d) No hallarse incurso en alguna de las causas de prohibición establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, entre las que se determina la necesidad de encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social.
e) Haber solicitado la subvención dentro de los períodos siguientes:
• El comprendido desde el 1 de enero de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2011, siempre que las solicitudes se encuentren en poder de la Administración y no hayan sido resueltas por causas no imputables a los solicitantes.
• El determinado en estas bases para el ejercicio 2012.
Documentos asociados
Boletín:
25/06/2012
BO Provincia de Barcelona- Nº
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
BO Provincia de Barcelona- Nº
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín:
29/06/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6160
Documento: Anuncio. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6160
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