Subvenciones para la inversion en activos fijos en centros especiales de empleo.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S25373/11Norma:
Resolución de 11 de abril de 2011. Resolución de 1 de octubre de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/09/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones a empresas o entidades calificadas como Centros Especiales de Empleo radicadas en Asturias para la realización de inversiones en activos fijos en algunos de los siguientes proyectos:a) Construcción, instalación o ampliación de establecimiento.
b) Adaptación de instalaciones.
c) Adquisición o adaptación de equipo o programas informáticos destinados a los trabajadores con discapacidad, incluidas las instalaciones tecnológicas adaptadas o de ayuda.
Categorías Subvención
Discapacidad / Personas con discapacidad
Empleo
Equipamientos informáticos y Tecnología
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se subvencionará como máximo el 40% de la inversión que se considere incentivable con el límite de 250.000 €.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
- Podrán solicitar estas subvenciones aquellas empresas o entidades calificadas como Centros Especiales de Empleo que en la fecha de solicitud se encuentren inscritos y calificados como tales en el Registro Oficial correspondiente y que radiquen y desarrollen su labor en Asturias.- Asimismo podrán solicitar estas subvenciones aquellas entidades que, habiendo solicitado su calificación e inscripción como centros especiales de empleo, no hubieran obtenido aun resolución firme al respecto, si bien el abono de subvención, en caso de su concesión, quedaría condicionado a la obtención de su calificación e inscripción como tales.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Se consideran subvencionables los activos materiales consistentes en terrenos, edificios e instalaciones, maquinaria y equipos. En el sector del transporte, no serán subvencionables los medios y equipos de transporte de mercancías por carretera y el transporte aéreo.- Se consideran asimismo subvencionables los activos inmateriales consistentes en transferencia de tecnología en forma de adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados y conocimientos técnicos no patentados, y que reúnan los requisitos de ser explotados exclusivamente en el establecimiento beneficiario de la ayuda, ser considerado elemento del activo amortizable, ser adquirido a un tercero en condiciones de mercado y figurar en el activo de la empresa.
La inversión incentivable se calculará de acuerdo con los criterios establecidos a continuación:
• Variable A: Compromiso de mantenimiento del activo y la actividad en años (entre cinco y diez).
• Variable B: Plazo de amortización del activo fijo en años (mínimo cinco).
• Variable C: Ax100:B.
• Variable D: Inversión bruta subvencionable.
• Total inversión incentivable: C% de D.
Documentos asociados
Boletín:
06/11/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 258
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
03/05/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 100
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento