Subvenciones para la linea de actividades vinculadas al desarrollo de la Agenda 21 Local para las Entidades Locales y Grupos de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha en el año 2009 - Modificación.
Código de ayuda:
S14128/09Norma:
Orden de 25-11-2008. Resolucion de 09/02/2009. Orden de 24/08/2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 23/03/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente resolución convoca, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones a la actividades vinculadas al desarrollo de la Agenda 21 Local establecida en el artículo 1.2.b) de la Orden de de 25-11-2008, de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el desarrollo de la Agenda 21 Local por las Entidades Locales y Grupos de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha, cuya finalidad es apoyar el diseño, desarrollo o ejecución de proyectos que incluyan iniciativas, programas, actividades o estrategias tendentes a adecuar la gestión local a los principios de desarrollo sostenible.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Desarrollo Rural
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Castilla-La Mancha
Convoca:
Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones será de 600.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria 20.09.G/442E/46000, 100.000 euros con cargo al crédito consignado en la aplicación presupuestaria 20.09.G/442E/48000 y 300.000euros con cargo a la partida presupuestaria 20.09.G/442E/76000, imputable a la anualidad presupuestaria 2009. La concesión de las ayudas estará supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la presente convocatoria.Dadas las características de la línea a financiar, podrá incrementarse excepcionalmente la cuantía total máxima de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2 de la Orden de 25-11-2008, de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el desarrollo de de la Agenda 21 Local por las Entidades Locales y Grupos de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha.
El importe máximo de la subvención a conceder para las subvenciones contempladas en la línea de actividades vinculadas al desarrollo de la Agenda 21 Local podrá alcanzar hasta el 100% del coste del proyecto aprobado a realizar por el beneficiario en ayuntamientos de menos de 1.000 habitantes, hasta el 90% en ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes y hasta el 80% el resto de los ayuntamientos, con un límite máximo de 20.000euros, si bien, excepcionalmente podrá superarse este límite subvencionable si la importancia del proyecto, su impacto y trascendencia socioeconómica y ambiental lo justificara. Para las inversiones en equipamientos para la educación ambiental y parques sostenibles, el importe de la subvención a conceder podrá alcanzar hasta el 100% del coste aprobado, con un límite de 30.000euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que pertenezcan a la Red de Ciudades y Pueblos Sostenibles de Castilla-La Mancha, excepto las Diputaciones Provinciales, asumiendo las obligaciones derivadas de la aprobación en Pleno del Documento Marco “Municipio Sostenible”, que incluye la adhesión a la Carta de las Ciudades Europeas hacia la Sostenibilidad (Carta de Aalborg) y la asunción de los Compromisos de Aalborg +10.Tendrán también la condición de beneficiario los Grupos de Desarrollo Rural cuyos ayuntamientos pertenezcan a la Red de Ciudades y Pueblos Sostenibles y asuman las obligaciones derivadas de la aprobación en Pleno del Documento Marco “Municipio Sostenible”, que incluye la adhesión a la Carta de las Ciudades Europeas hacia la Sostenibilidad (Carta de Aalborg) y la asunción de los Compromisos de Aalborg +10.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Las subvenciones se destinarán a la realización de las actuaciones asociadas o vinculadas al proceso de Agenda 21 Local en materia de sostenibilidad local:1º. Estudios y proyectos de viabilidad técnica y económica para la aplicación en la gestión municipal de:
- Sistemas eficientes y de ahorro de agua o energía.
- Programas de reducción de la producción de residuos.
- Conocimiento, protección y conservación del medio natural y del paisaje en el término municipal.
- Medidas para el fomento de formas de movilidad urbana sostenible.
- Conocimiento e información sobre la calidad del aire y actuaciones encaminadas a su mejora.
- Sistemas para la prevención y corrección de la contaminación acústica y de otras formas de energía, así como de otros elementos del medio ambiente (agua, aire, suelo, etc.).
2º. Programas y actividades de educación ambiental para la sostenibilidad.
3º. Programas y actividades relacionadas con el Cambio Climático.
4º. Fomento de la participación ciudadana ligada directamente al desarrollo de la Agenda 21 Local.
5º. Reforma y equipamiento de centros destinados a educación ambiental y a parques sostenibles y zonas y espacios verdes urbanos y periurbanos de recreo y ocio diseñados con criterios de sostenibilidad.
Las actuaciones objeto de subvención habrán de realizarse en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2009 y el 30 de septiembre de 2009. No obstante, de acuerdo con la excepcionalidad establecida en el artículo 24.4 de la orden de 25-11-2008, de bases reguladoras, para aquellos proyectos de carácter anual, el plazo de ejecución del proyecto será el comprendido entre el 1 de enero del 2009 y el 31 de diciembre del 2009, en cuyo caso se podrá realizar un pago anticipado, de conformidad a lo establecido en el artículo 29 de la citada orden.
Cuando se trate de actuaciones de educación ambiental o inversiones vinculadas a equipamientos, éstos deberán estar inscritos en el Registro de Equipamientos para la Educación Ambiental de acuerdo con la Orden de 17 de abril de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por la que se crea el Registro de Equipamientos para la Educación Ambiental de Castilla-La Mancha y se establecen las condiciones de inscripción en el mismo.
Cuando se traten de actuaciones de reforma y equipamiento de parques sostenibles y zonas y espacios verdes urbanos y periurbanos de recreo y ocio, deberán realizarse conforme a los criterios recogidos en el anexo V de esta convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
08/12/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 252
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 252
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
27/02/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 41
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 41
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
16/09/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 181
Documento: Modificación Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 181
Documento: Modificación Descargar Documento