Subvenciones para la mejora de la accesibilidad y la supresion de barreras arquitectonicas en los edificios de uso residencial de los barrios de viviendas gestionados por la Agencia de la Vivienda de Cataluña.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S37491/13Norma:
RESOLUCIÓN TES/2017/2013, de 26 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/11/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones a comunidades de propietarios y propietarios individuales de viviendas, para la financiación de las obras de rehabilitación para la mejora de la accesibilidad con instalación de ascensores y la supresión de barreras arquitectónicas en edificios de uso residencial de los barrios de viviendas gestionados por la Agencia de la Vivienda de Cataluña.Categorías Subvención
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Territorio (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) Instalación de ascensor en edificios plurifamiliares que no dispongan de este con creación de un itinerario practicable global: el 60% del presupuesto protegible, en la creación de un itinerario practicable, con los límites que se indican en el apartado 2 de esta base.b) Instalación de ascensor en edificios plurifamiliares que no dispongan de este: el 45% del presupuesto protegible, en la instalación únicamente de un ascensor, con los límites que se indican en el apartado 2 de esta base.
c) Supresión de barreras arquitectónicas: el 45% del presupuesto protegible, en la supresión de barreras arquitectónicas hasta el ascensor existente, y un máximo de 5.000 euros, para todo el edificio.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las comunidades de propietarios y las personas titulares de viviendas de los barrios gestionados por la Agencia de la Vivienda de Cataluña.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. La creación de un itinerario practicable global, que comporte la instalación de un ascensor y cumpla con el Decreto 135/1995, de 24 de marzo, de desarrollo de la Ley 20/1991, de 25 denoviembre, de promoción de la accesibilidad y de supresión de barreras arquitectónicas, y de aprobación del Código de accesibilidad.
2. La instalación de ascensores en edificios plurifamiliares que no dispongan de estos.
3. La supresión de barreras arquitectónicas entre la vía pública y el ascensor existente, y/o la creación de nuevos itinerarios practicables de acceso desde el ascensor existente a las viviendas del edificio.
Documentos asociados
Boletín:
07/10/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6474
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6474
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento