Subvenciones para la modernización de las explotaciones agrícolas para la adquisición de medios de producción.
Código de ayuda:
S03764/04Norma:
Orden de 12 de febrero de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 18/03/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
La modernización de las explotaciones agrícolas, en concreto de los subsectores de flores y plantas ornamentales, productos subtropicales y hortícolas.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
Canarias
Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca (Canarias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El porcentaje de subvención sobre el presupuesto aprobado, será del 40%.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las personas jurídocas o físicas titulares de explotaciones agrarias.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las adquisiciones de material vegetal para plantaciones plurianuales y la adquisición de maquinaria para la fase de producción.Requisitos:
a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma.b) No haber recibido o solicitado ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración o Ente público. En otro caso, deberá consignar las que haya solicitado y el importe de las recibidas.
c) No haber recibido o solicitado ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino o en su caso el importe de las que haya recibido.
d) Haber procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma en los términos establecidos en el artículo 31 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre.
e) No hallarse inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.
f) Realizar o haber realizado alguna de las actuaciones previstas en el apartado 3 de la base 1, a partir del 1 de enero del año en curso.
g) Ser titular de una explotación agraria como agricultor no profesional.
Documentos asociados
Boletín:
18/02/2004
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 33
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 33
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