Subvenciones para la organizacion de actos de difusion de las tecnologias de la informacion y la comunicacion (TIC) en Cataluña - modificación.
Código de ayuda:
S67600/07Norma:
ORDEN GAP/391/2007, de 23 de octubre. ORDEN GAP/457/2007, de 3 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/11/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de estas bases es la concesión de subvenciones para la organización de actos de difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en Cataluña, dirigidos a fomentar su uso.Categorías Subvención
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
- Asociacionismo y Voluntariado
- Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas se distribuirán por importes máximos de 20.000 euros cada una.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarios de las subvenciones los entes locales de Cataluña usuarios de la plataforma eaCat, y los organismos o entidades dependientes, así como las entidades privadas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas.Las asociaciones y fundaciones deben estar inscritas en el correspondiente Registro.
Las Administraciones Públicas que deseen acceder a esta convocatoria deben ser usuarias del eaCat, la plataforma de servicio de la Generalidad de Cataluña orientada a facilitar la comunicación entre las administraciones catalanas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Son subvencionables los gastos relacionadas con la organización y realización de actos de difusión de las TIC, que habrá que especificar en la solicitud, y que pueden incluir los siguientes conceptos:- Charlas, jornadas, mesas redondas y conferencias.
- Exposiciones y demostraciones.
- Ferias, concursos y fiestas.
Los gastos por cada uno de los conceptos anteriores deben corresponder a alguna o algunas de las partidas siguientes:
- Material fungible.
- Impresión, reprografía y/o edición de contenidos en soporte papel, CD-ROM o DVD.
- Soporte telemático (consistente en la gestión y el mantenimiento de páginas web).
- Instalaciones para la realización de las actividades.
La actividad objeto de subvención debe realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007.
La lengua de uso habitual en la megafonía, locución, señalización, difusión o traducción simultánea de los actos subvencionados debe ser el catalán. En el ámbito territorial de Era Val d’Aran debe utilizarse el aranés o el catalán. La entidad beneficiaria puede hacer uso, además, de otras lenguas con la finalidad de favorecer la integración social y el aprendizaje del catalán de cualquiera de los grupos a quien va dirigida la convocatoria, particularmente inmigrantes y discapacidades.
Requisitos:
Las personas beneficiarias de la subvención deben justificar la realización efectiva de la actividad antes del 15 de febrero de 2008.Documentos asociados
Boletín:
31/10/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4999
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4999
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín:
13/12/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5028
Documento: Modificación Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5028
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