Subvenciones para la organizacion de eventos deportivos.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S44391/09Norma:
Resolucion de 25 de mayo de 2009. Resolucion de 19 de abril de 2010. Resolución de 10 de marzo de 2011. Resolución de 28 de marzo de 2012. Resolución de 1 de octubre de 2012. Resolución de 5 de octubre de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 25/10/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones a los clubes deportivos durante el año en curso en régimen de concurrencia competitiva, siendo objeto de subvención la organización de eventos deportivos.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor
Principado de Asturias
Convoca:
Consejería de Educación (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la subvención concedida no superará la cantidad de 10.200 €.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Los clubes deportivos básicos y los clubes deportivos elementales que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos ocasionados en Campeonatos de ámbito Internacional, Nacional y/o Autonómicos, así como aquellas competiciones cuya tradición y popularidad las hagan acreedoras de un tratamiento diferenciado.Requisitos:
- Estar legalmente constituidos e inscritos en el Registro de Entidades Deportivas del Principado de Asturias, con al menos seis meses de antigüedad a la fecha del día de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.- Las entidades solicitantes, para obtener la condición de beneficiarias, deberán cumplir los requisitos recogidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, acreditándose la misma mediante una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa.
- De acuerdo a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, art. 14 apartado e) las entidades deportivas deberán acreditar hallarse al corriente de sus obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social con anterioridad a dictarse la propuesta de Resolución de concesión.
Documentos asociados
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08/06/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 131
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08/06/2009
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BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 109
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29/03/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 73
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BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 98
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05/10/2012
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 232
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BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 236
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