Subvenciones para la organización, digitalización y difusión de archivos no públicos.- Convocatoria 2021.
Código de ayuda:
S16291/21Norma:
ORDEN de 14 de abril de 2021.Plazo de Solicitud:
Hasta el 26 de mayo de 2021.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La regulación y convocatoria para el ejercicio 2021 del régimen de concesión de subvenciones para el desarrollo de programas de organización archivística y digitalización dirigida a la difusión, tanto de documentos de archivo como de fondos de archivo y colecciones de documentos, siendo todos ellos de carácter no público e integrantes del patrimonio documental del pueblo vasco.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Patrimonio Cultural y Arquitectura
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas no públicas que, independientemente de la ubicación geográfica tanto de su domicilio social como fiscal, sean titulares de documentos de archivo, fondos de archivo y colecciones de documentos integrantes del patrimonio documental del pueblo vasco, de conformidad a lo establecido en el artículo 55 de la Ley 7/1990, de 3 de julio, de Patrimonio Cultural Vasco.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Programas objeto de subvención:Aquellos que tengan por objeto:
a) La organización archivística de fondos de archivo históricos, particularmente aquellos con documentación del siglo XX.
b) La digitalización de fondos de archivo que estén previamente organizados y descritos en una base de datos. Los proyectos deberán incluir la creación de un archivo digital de conservación permanente y la creación de una copia digital para su difusión en la página web del Sistema de Archivos de Euskadi. Los proyectos presentados se sujetarán a las prescripciones técnicas que figuran en el Anexo 1) de la presente Orden.
c) Los programas objeto de la subvención deberán realizarse entre el 1 de enero de 2021, y el 31 de diciembre de 2021.
Documentos asociados
Boletín:
26/04/2021
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 80
Documento: Bases y Convocatoria 2021 Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 80
Documento: Bases y Convocatoria 2021 Descargar Documento