Subvenciones para la organizacion y digitalizacion de archivos no publicos.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S42673/14Norma:
ORDEN de 23 de julio de 2014.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/09/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
La regulación y convocatoria para el ejercicio 2014 del régimen de concesión de subvenciones para el desarrollo de programas tanto en documentos de archivo como en fondos de archivo y colecciones de documentos, siendo todos ellos de carácter no público e integrantes del Patrimonio Documental del Pueblo Vasco.Categorías Subvención
Otras
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/16.png)
Convoca:
Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1.– La subvención en cada caso podrá cubrir el total o un porcentaje del importe (impuestos excluidos) de los gastos de ejecución del presupuesto aprobado de cada programa presentado, pudiéndose imputar aquélla a partidas concretas de cada programa.2.– En ningún caso la subvención por cada programa presentado podrá superar la cantidad de veinte mil (20.000) euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las personas no públicas que, independientemente de la ubicación geográfica tanto de su domicilio social como fiscal, sean titulares de documentos de archivo, fondos de archivo y colecciones de documentos integrantes del Patrimonio Documental del Pueblo Vasco, de conformidad a lo establecido en el artículo 55 de la Ley 7/1990, de 3 de julio.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) La organización de fondos de archivo históricos y/o la mejora de su tratamiento archivístico.b) La digitalización de fondos de archivo que estén previamente organizados y descritos en una base de datos. Los proyectos deberán incluir la creación de un archivo digital de conservación permanente y la creación de una copia digital para su difusión en la página web del Sistema de Archivos de Euskadi. Los proyectos presentados se sujetarán a las prescripciones técnicas que figuran en el anexo A) de la presente Orden.
c) Los programas objeto de la subvención deberán realizarse en el año natural, desde el 1 de enero al 31 de diciembre.
Requisitos:
No podrán acceder a las subvenciones objeto de convocatoria por la presente Orden las personas que se encuentren sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo ni las sancionadas con esta prohibición en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.Documentos asociados
Boletín:
26/08/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 160
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 160
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