Subvenciones para la paralización temporal de la actividad pesquera del 2020 en las Illes Balears.
Código de ayuda:
S51246/20Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de octubre de 2020.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las ayudas objeto de esta convocatoria tienen como finalidad la financiación de la paralización temporal de la flota de arrastre de la actividad pesquera, de acuerdo con el calendario que incluye como anexo la Resolución de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación de 5 de diciembre de 2019, por la que se regulan las paralizaciones temporales para la modalidad de arrastre de fondo en las Illes Balear.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (Fogaiba) (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas consistirán en una prima diaria en función de los días de inmovilización efectiva de los buques. A efectos de cómputo de las ayudas únicamente se contabilizarán los días hábiles de pesca, con una garantía de 100,00 euros diarios, como mínimo, para los buques de tonelaje < 25.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarios de las ayudas convocadas mediante esta resolución las personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de agrupación que lleven a cabo las actuaciones previstas en esta resolución y que, en el momento de la parada temporal según los calendarios previstos, sean armadores o pescadores de la modalidad de arrastre de fondo.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se podrá subvencionar la paralización temporal de la actividad pesquera, en la modalidad de arrastre de fondo, efectuada por los buques que se relacionan en el anexo I de la Resolución de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación de 5 de diciembre de 2019, por la que se regulan las paradas temporales para la modalidad de arrastre de fondo en las Illes Balears, publicada en el BOIB núm. 167, de 12 dediciembre de 2019.
Esta paralización debe haberse realizado de acuerdo con los términos y el calendario previstos para cada embarcación en el anexo I de dicha resolución.
Documentos asociados
Boletín:
01/10/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 169
Documento: Bases y Convocatoria 2020 Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 169
Documento: Bases y Convocatoria 2020 Descargar Documento