Subvenciones para la participacion en la Feria Internacional de Mueble de Milan 2015, para la participacion agrupada en acciones de internacionalizacion para promover y consolidar la actividad exportadora de las empresas.
Código de ayuda:
S06037/15Norma:
Resolución de 09/02/2015. Orden de 05/06/2014.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 06/03/2015Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar la concesión de ayudas para la participación agrupada de empresas de Castilla-La Mancha en la Feria Internacional de Mueble de Milán 2015, que se celebrará del 14 al 19 de abril de 2015 en Milán (Italia).Categorías Subvención
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
- Comercio
- Cooperación empresarial
- Exportación / Internacionalización
Localización del organismo gestor
Castilla-La Mancha
Convoca:
Consejería de Empleo y Economía (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se otorgará una ayuda por la participación en la acción del 50% de los gastos justificados por los conceptos y con los importes máximos que se establecen a continuación:Concepto de gasto para expositores Precio m2 Cantidad máxima subvencionables
Importe máximo de la ayuda (euros)
Decoración del stand 212,00 € 10.600,00 € 5.300,00 €
Transporte de muestras - 1.550,00 € 775,00 €
Viaje de una persona - 1.800,00 € 900,00 €
Concepto de gasto para visitantes Cantidad máxima subvencionables Importe máximo de la
ayuda (euros)
Viaje de una persona - 1.300,00 € 650,00 €
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Autónomos
- Comunidades de bienes / propietarios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las empresas del sector del mueble castellano-manchegas con producto propio exportable y que tengan el domicilio fiscal o establecimiento productivo o generador de servicios en Castilla-La Mancha, así como comercialización propia. Además, deben contar con un interés real en el mercado y tener una clara vocación de continuidad exportadora.Las empresas, las personas físicas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), las comunidades de bienes, las cooperativas, las agrupaciones y asociaciones de empresas, con o sin ánimo de lucro, o cualquier otro tipo de unidad económica con patrimonio separado, excepto las fundaciones, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La participación agrupada de empresas de Castilla-La Mancha en la Feria Internacional de Mueble de Milán 2015, que se celebrará del 14 al 19 de abril de 2015 en Milán (Italia).Requisitos:
a) Tener el domicilio fiscal ó establecimiento productivo o generador de servicios en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.b) No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
Para el caso de sociedades y demás personas jurídicas, esta incompatibilidad se extiende a sus administradores o sus representantes legales.
d) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias tanto con la administración estatal como con la autonómica y con la Seguridad Social, en la forma determinada, en cada momento, por la normativa aplicable.
e) No haber solicitado ni obtenido cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso con cargo a los presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por los mismos conceptos, para el mismo proyecto o actuación.
f) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, siempre que estuvieran obligados a ello y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
Documentos asociados
Boletín:
13/06/2014
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 113
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
17/02/2015
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 32
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
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