Subvenciones para la participación en la visita a ferias agroalimentarias 2020 Tavola, Expo Antad-Alimentaria México, Olive Oil Kansai y Salon du Fromage.
Código de ayuda:
S58073/19Norma:
Orden 58/2017,de 20 de marzo. Resolución de 25/10/2019.Plazo de Solicitud:
Hasta el 29 de noviembre de 2019.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar la concesión de ayudas para la participación agrupada de empresas en la Visita a ferias agroalimentarias 2020: Tavola, Expo Antad-Alimentaria México, Olive Oil Kansai y Salon du Fromage.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
- Exportación / Internacionalización
Localización del organismo gestor
Castilla-La Mancha
Convoca:
Instituto de Promoción Exterior (IPEX) (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se otorgará una ayuda por la participación en la acción del 50% de los gastos justificados por los conceptos y con los importes máximos que se establecen a continuación:Visita a Tavola: se subvenciona el viaje de una persona con un coste máximo subvencionable de 1.000,00 euros y con una subvención por empresa de 500,00 euros y de transporte de muestra de 300,00 euros y una subvención por empresa de 150,00 euros.
Visita Olive Oil: se subvenciona el viaje de una persona con un coste máximo subvencionable de 1.200, 00 euros y con una subvención por empresa de 600,00 euros y de transporte de muestra de 350,00 euros y una subvención por empresa de 175,00 euros.
Visita Expo Antad: se subvenciona el viaje de una persona con un coste máximo subvencionable de 1.600,00 euros y con una subvención por empresa de 800,00 euros y de transporte de muestra de 600,00 euros y una subvención por empresa de 300,00 euros.
Visita Salon du Fromage: se subvenciona el viaje de una persona con un coste máximo subvencionable de 1.500,00 euros con una subvención por empresa de 750,00 euros
El importe máximo del crédito destinado a la financiación de las subvenciones previsto para esta convocatoria asciende a 26.850 euros, que se realizará con cargo al presupuesto del IPEX 2020, programa 751B, partida 47573.
Esta subvención queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del IPEX del año 2020.
El número máximo de beneficiarios para esta convocatoria será de 8 empresas en la visita a Tavola y Salon du fromage, 6 para visita a Olive Oil Kansai y 10 para Expo Antad-Alimentaria México, en caso de superar las solicitudes el número previsto, se realizará selección, entre las solicitudes recibidas, en función de los criterios de valoración establecidos en el apartado 7 de la Convocatoria.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las empresas, las personas físicas que se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), los clústeres, las comunidades de bienes, las cooperativas, las agrupaciones y asociaciones de empresas con ánimo de lucro, o cualquier otro tipo de unidad económica con patrimonio separado, excepto las fundaciones, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas.La convocatoria va dirigida a empresas del sector de alimentos y bebidas con certificado ecológico, que desarrollen su actividad ec onómica en Castilla-La Mancha.
Requisitos:
a) Desarrollar su actividad económica en Castilla-La Mancha.b) No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
c) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
Para el caso de sociedades y demás personas jurídicas, esta incompatibilidad se extiende a sus administradores o sus representantes legales.
d) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias tanto con la administración estatal como con la autonómica y con la Seguridad Social, en la forma determinada, en cada momento, por la normativa aplicable.
e) No haber solicitado ni obtenido cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso con cargo a los presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por los mismos conceptos, para el mismo proyecto o actuación.
f) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, siempre que estuvieran obligados a ello y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
g) No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, a excepción de los regímenes de ayudas destinados a reparar los perjuicios causados por determinados desastres naturales.
h) No tener la consideración de empresa en crisis, conforme a las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (artículo 2.2, puntos 20 y 24 de la Comunicación 2014/C 249/01, de la Comisión, de 31 de julio de 2014).
i) No haber puesto fin a una actividad idéntica o similar para la que se solicita la ayuda, dentro del Espacio Económico Europeo en los dos años anteriores a la presentación de la solicitud de la ayuda, ni tener planes concretos de hacerlo en los dos años siguientes a la finalización de las inversiones que se vayan a subvencionar.
Documentos asociados
Boletín:
31/03/2017
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 64
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
05/11/2019
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 218
Documento: Convocatoria 2019 (Completo) Descargar Documento
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