Subvenciones para la participación en la visita a la feria China Food & Drinks Fair 2016 y presentación de producto Beijing.

Código de ayuda:

S01419/16

Norma:

Resolución de 18/12/2015. Orden de 05/06/2014.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de enero de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente resolución tiene por objeto convocar la concesión de ayudas para la participación agrupada de empresas de Castilla-La Mancha en la visita a la feria China Food & Drink Fair 2016, que se celebrará del 19 al 26 de marzo de 2016 en Chengdu (China) y en la presentación de producto en Beijing de un día de duración el 29 de marzo de 2016.

Las empresas interesadas en la acción pueden solicitar ayuda y por tanto participar en ambos eventos o sólo en uno de los mismos.

La convocatoria va dirigida a empresas del sector de vinos y bebidas y de alimentos castellano-manchego con producto propio exportable, con centro de producción en Castilla-La Mancha y comercialización igualmente propia, o empresa comercializadora con acuerdo de comercialización estable con productores de Castilla-La Mancha. Además, deben contar con un interés real en el mercado y tener una clara vocación de continuidad exportadora. Únicamente podrán ser expuestos en este Pabellón alimentos y bebidas elaborados en la región de Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Instituto de Promoción Exterior (IPEX) (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se otorgará una ayuda por su participación del 50% de los gastos justificados por los conceptos y con los importes máximos que se establecen a continuación:

Coste de viaje: 900 €
Coste de participación y transporte muestras: 515 €

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Tendrán la condición de beneficiario las empresas, las personas físicas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), las comunidades de bienes, las cooperativas, las agrupaciones y asociaciones de empresas, con o sin ánimo de lucro, o cualquier otro tipo de unidad económica con patrimonio separado, excepto las fundaciones, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas.

El número máximo de beneficiarios para esta convocatoria será de quince.

Requisitos:

a) Tener el domicilio fiscal ó establecimiento productivo o generador de servicios en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

b) No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

c) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. Para el caso de sociedades y demás personas jurídicas, esta incompatibilidad se extiende a sus administradores o sus representantes legales.

d) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias tanto con la administración estatal como con la autonómica y con la Seguridad Social, en la forma determinada, en cada momento, por la normativa aplicable.

e) No haber solicitado ni obtenido cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso con cargo a los presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por los mismos conceptos, para el mismo proyecto o actuación.

f) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, siempre que estuvieran obligados a ello y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

Los anteriores requisitos deben cumplirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el periodo de concesión y justificación de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 13/06/2014
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 113
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 04/01/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 1
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento