Subvenciones para la participación en las ferias internacionales sectores material médico, wellness, cosmética y afines 2018.
Código de ayuda:
S09646/18Norma:
Orden 58/2017, de 20 de marzo. Resolución de 21/02/2018.Plazo de Solicitud:
Hasta el 22 de marzo de 2018.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 2.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente resolución tiene por objeto convocar la concesión de ayudas para la participación agrupada de empresas en Ferias Internacionales de los sectores de Material Médico, Wellness, Cosmética y afines en las ferias:- Beauty World Middle East, Dubai del 8 al 10 de mayo 2018
- Cosmoprof Bolonia, Italia del 16 al 19 de mayo 2018
- ISSA Interclean Amsterdam, Holanda del 15 al 18 de mayo 2018
- Cosmoprof Hong Kong del 14 al 16 de noviembre 2018
- Medica Dusseldorf, Alemania del 12 al 15 de noviembre 2018.
Categorías Subvención
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
- Exportación / Internacionalización
Localización del organismo gestor
Castilla-La Mancha
Convoca:
Instituto de Promoción Exterior (IPEX) (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Alquiler de espacio expositivo y/o stand modular 2.000,00€.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta convocatoria las empresas, las personas físicas que se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), los clústeres, las comunidades de bienes, las cooperativas, las agrupaciones y asociaciones de empresas con ánimo de lucro, o cualquier otro tipo de unidad económica con patrimonio separado, excepto las fundaciones, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas. La convocatoria va dirigida a empresas de los sectores Material Médico, Wellness, Cosmética y afines, que desarrollen su actividad económica en Castilla-La Mancha.2. El número máximo de beneficiarios para esta convocatoria será de 6.
Requisitos:
a) Desarrollar su actividad económica en Castilla-La Mancha.b) No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
c) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
Para el caso de sociedades y demás personas jurídicas, esta incompatibilidad se extiende a sus administradores o sus representantes legales.
d) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias tanto con la administración estatal como con la autonómica y con la Seguridad Social, en la forma determinada, en cada momento, por la normativa aplicable.
e) No haber solicitado ni obtenido cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso con cargo a los presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por los mismos conceptos, para el mismo proyecto o actuación.
f) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, siempre que estuvieran obligados a ello y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
g) No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, a excepción de los regímenes de ayudas destinados a reparar los perjuicios causados por determinados desastres naturales.
h) No tener la consideración de empresa en crisis, conforme a las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (artículo 2.2, puntos 20 y 24 de la Comunicación 2014/C 249/01, de la Comisión, de 31 de julio de 2014).
i) No haber puesto fin a una actividad idéntica o similar para la que se solicita la ayuda, dentro del Espacio Económico Europeo en los dos años anteriores a la presentación de la solicitud de la ayuda, ni tener planes concretos de hacerlo en los dos años siguientes a la finalización de las inversiones que se vayan a subvencionar.
Documentos asociados
Boletín:
31/03/2017
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 64
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
28/02/2018
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 42
Documento: Convocatoria 2018 (Completa y Extracto) Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 42
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