Subvenciones para la participación en los encuentros empresariales de sector TIC en Perú y Colombia 2018.

Código de ayuda:

S09664/18

Norma:

Orden 58/2017, de 20 de marzo. Resolución de 21/02/2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de marzo de 2018.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 2.600

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente resolución tiene por objeto convocar la concesión de ayudas para la participación agrupada de empresas en los “Encuentros Empresariales de Sector TIC en Perú y Colombia 2018”, que tendrá lugar entre el 21 y el 25 de mayo de 2018, en Lima del 21 al 23 de mayo y en Bogotá el 24 y 25 de mayo.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Instituto de Promoción Exterior (IPEX) (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Preparación de agendas 1.536,00 euros.

Viaje de una persona (hoteles y billetes de avión) 1.080,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta convocatoria las empresas, las personas físicas que se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), los clústeres, las comunidades de bienes, las cooperativas, las agrupaciones y asociaciones de empresas con ánimo de lucro, o cualquier otro tipo de unidad económica con patrimonio separado, excepto las fundaciones, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas. La convocatoria va dirigida a empresas del sector TIC, que desarrollen su actividad económica en Castilla-La Mancha.

2. El número máximo de beneficiarios para esta convocatoria será de 8.

Requisitos:

a) Desarrollar su actividad económica en Castilla-La Mancha.

b) No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

c) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Para el caso de sociedades y demás personas jurídicas, esta incompatibilidad se extiende a sus administradores o sus representantes legales.

d) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias tanto con la administración estatal como con la autonómica y con la Seguridad Social, en la forma determinada, en cada momento, por la normativa aplicable.

e) No haber solicitado ni obtenido cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso con cargo a los presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por los mismos conceptos, para el mismo proyecto o actuación.

f) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, siempre que estuvieran obligados a ello y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

g) No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, a excepción de los regímenes de ayudas destinados a reparar los perjuicios causados por determinados desastres naturales.

h) No tener la consideración de empresa en crisis, conforme a las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (artículo 2.2, puntos 20 y 24 de la Comunicación 2014/C 249/01, de la Comisión, de 31 de julio de 2014).

i) No haber puesto fin a una actividad idéntica o similar para la que se solicita la ayuda, dentro del Espacio Económico Europeo en los dos años anteriores a la presentación de la solicitud de la ayuda, ni tener planes concretos de hacerlo en los dos años siguientes a la finalización de las inversiones que se vayan a subvencionar.

Documentos asociados

Boletín: 31/03/2017
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 64
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 28/02/2018
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 42
Documento: Convocatoria 2018 (Completa y Extracto) Descargar Documento