Subvenciones para la promoción de empresas artesanas de Navarra de 2022.

Código de ayuda:

S49200/22

Norma:

RESOLUCIÓN 100E/2022, de 1 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de octubre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el régimen de concesión de las subvenciones a las empresas artesanas de Navarra al objeto de incrementar su competitividad, mediante el fomento de las actividades de comercialización y de promoción de sus productos y de aquellas actividades que incidan en la mejora del grado de formación de sus trabajadores, al objeto de impulsar su desarrollo y su fortalecimiento.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Creación nuevas empresas
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Desarrollo Economico y Empresarial (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiarias las pymes que cumplan los requisitos generales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Participación en ferias, exposiciones y eventos similares.

b) Actuaciones de promoción y publicidad.

c) Asistencia a cursos de formación específica.

d) Cuotas de adhesión a plataformas de ventas on line o market place.

Requisitos:

No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

La solicitud de la subvención conlleva la autorización para que el órgano concedente obtenga, de forma directa, los certificados telemáticos que acreditan que la empresa solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el caso de que la interesada se oponga a ello expresamente en su solicitud, deberá aportar los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las citadas obligaciones.

No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.

Las solicitantes que constituyan una agrupación de personas físicas o jurídicas o incurran en alguno de los supuestos del artículo 8.3 de la Ley Foral de Subvenciones, deberán nombrar a una persona representante o apoderada única con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, le correspondan.

En estos casos, deberá hacerse constar expresamente en la solicitud de la subvención los
compromisos de ejecución asumidos por cada integrante de la unidad. Asimismo, en la resolución de concesión de la ayuda se señalará el importe de la subvención a aplicar por cada una de las de las personas integrantes, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarias.

Además, deberán cumplir los siguientes requisitos específicos:

Estar inscritas en el Registro de Empresas Artesanas de Navarra, adscrito a la Dirección General de Turismo, Comercio y Consumo, con anterioridad a la fecha de publicación de la
convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Tener en vigor el carnet que acredita la condición de empresa artesana de Navarra en la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

En su caso, haber presentado la solicitud de renovación de la condición de empresa artesana, con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Estar dada de alta en la Seguridad Social en la fecha de presentación de la solicitud, en el régimen que le corresponda como consecuencia del ejercicio de la actividad de artesanía.

Haber realizado el cuestionario de autoevaluación para determinar su grado de madurez digital, actuación prevista en el Centro de Impulso de Transformación Digital del comercio y artesanía promovido por la Dirección General de Turismo, Comercio y Consumo, a través de la plataforma online https://autodiagnosticocomercio.navarra.es/gnautoevalua/. Este autodiagnóstico debe estar realizado como fecha límite el mismo día de presentación de la solicitud de la ayuda y, en caso contrario, se denegará la ayuda solicitada.

El cumplimiento de este requisito será comprobado por el órgano gestor de la subvención sin necesidad de que la solicitante presente ninguna documentación.

Documentos asociados

Boletín: 02/08/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 153
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 02/08/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 153
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento