Subvenciones para la promocion de la Danza.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S23855/13

Norma:

ORDEN de 5 de junio de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/07/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Concesión de subvenciones para actividades de danza que se realicen o se inicien durante el ejercicio 2013.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El abono de las subvenciones se realizará de la siguiente forma:

a) Un primer abono del 70% de la subvención concedida, transcurrido el plazo establecido en el artículo 15.a) sin haber mediado renuncia.

b) El 30% restante a partir del 1 de enero de 2014, previo cumplimiento de las siguientes condiciones:

– modalidad de Creación coreográfica: comprobación de la efectiva realización de la creación por parte de la Dirección de Promoción de la Cultura, en todo caso antes del 31 de diciembre de 2014.

– resto de modalidades: en el plazo y según las condiciones establecidas en el artículo siguiente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídico-privadas empadronadas o cuya sede social se ubique en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

– Creación coreográfica.

– Consolidación de compañías de danza.

– Producción de obras de danza.

– Formación permanente y apoyo a profesionales de la danza.

Requisitos:

– Ser personas físicas o jurídico-privadas empadronadas o cuya sede social se ubique en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Respecto a este requisito, no se tomarán en cuenta solicitudes presentadas bajo la forma de ‘Comunidad de bienes’.

– Estar dado/a de alta, en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Econó- micas y en el caso de las personas jurídicas tener un objeto o fin social acorde con actividades de danza.

Documentos asociados

Boletín: 25/06/2013
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 120
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento