Subvenciones para la promocion de la Danza.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S23855/13Norma:
ORDEN de 5 de junio de 2013.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/07/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Concesión de subvenciones para actividades de danza que se realicen o se inicien durante el ejercicio 2013.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El abono de las subvenciones se realizará de la siguiente forma:a) Un primer abono del 70% de la subvención concedida, transcurrido el plazo establecido en el artículo 15.a) sin haber mediado renuncia.
b) El 30% restante a partir del 1 de enero de 2014, previo cumplimiento de las siguientes condiciones:
– modalidad de Creación coreográfica: comprobación de la efectiva realización de la creación por parte de la Dirección de Promoción de la Cultura, en todo caso antes del 31 de diciembre de 2014.
– resto de modalidades: en el plazo y según las condiciones establecidas en el artículo siguiente.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídico-privadas empadronadas o cuya sede social se ubique en la Comunidad Autónoma de Euskadi.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
– Creación coreográfica.– Consolidación de compañías de danza.
– Producción de obras de danza.
– Formación permanente y apoyo a profesionales de la danza.
Requisitos:
– Ser personas físicas o jurídico-privadas empadronadas o cuya sede social se ubique en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Respecto a este requisito, no se tomarán en cuenta solicitudes presentadas bajo la forma de ‘Comunidad de bienes’.– Estar dado/a de alta, en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Econó- micas y en el caso de las personas jurídicas tener un objeto o fin social acorde con actividades de danza.
Documentos asociados
Boletín:
25/06/2013
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 120
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 120
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento