Subvenciones para la promoción de la formación y divulgación en materia de Prevención de RiesgosLaborales.

Código de ayuda:

S21400/06

Norma:

RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/09/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente convocatoria es la regulación de las subvenciones a conceder por Osalan, Instituto
Vasco de Seguridad y Salud Laborales/Laneko Segurtasun eta Osasunerako Euskal Erakundea, a entidades
sin ánimo de lucro radicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, por sus actuaciones encaminadas
a la promoción de la formación y divulgación en materia de Prevención de Riesgos Laborales durante el ejercicio de 2006, en los términos señalados en la presente convocatoria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las acciones acogidas al apartado a) mencionado anteriormente, se subvencionarán hasta el 75% del presupuesto subvencionable, con un máximo de 1.000,00 euros por acción. Además se tendrá en cuenta como límite máximo subvencionable, el de 100,00 euros por hora de curso presencial impartido, incluidos todos los gastos.

Los gastos acogidos al apartado b) serán subvencionables hasta un 75% del presupuesto subvencionable.
Los gastos de coordinación no podrán exceder del 10% de dicho presupuesto con un límite máximo de 1.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las subvenciones reguladas en la presente Resolución las entidades sin ánimo de lucro que
radiquen en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades a subvencionar se desarrollarán entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2006 y deberán
ir dirigidas a la realización de alguna de las siguientes acciones:

a) Acciones dirigidas al fomento de la formación en Prevención de Riesgos Laborales, mediante la organización y gestión de eventos formativos y/o científico técnicos en materia de Seguridad y Salud Laborales.
Toda gestión realizada bajo este epígrafe deberá concretarse en acciones presenciales. Asimismo, para poder acogerse a la subvención se exigirá un mínimo de 30 personas.

b) Acciones encaminadas a la divulgación en materia de prevención de riesgos laborales, tales como: campañas de sensibilización, informativas, divulgativas y de promoción de la cultura de la prevención.
Serán subvencionables las campañas en los medios de comunicación (prensa, radio, televisión), cuñas informativas, folletos, trípticos, carteles y otros objetos de análoga naturaleza.
Se admitirán en este apartado b) los gastos derivados de: diseño, maquetación, impresión, distribución, publicidad, coordinación y otros de similar naturaleza.

Requisitos:

Las actuaciones objeto de subvención deberán realizarse a lo largo del actual año en curso y, en cualquier
caso, deberán encontrarse finalizadas antes del 31 de diciembre del presente año de 2006.

Documentos asociados

Boletín: 07/07/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 129ZK
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento