Subvenciones para la promoción del consumo a través de la puesta en marcha de planes de renovación de aparatos electrodomésticos, equipos productores de calor y frío y calderas, denominados “Planes Renove”.

Código de ayuda:

S56364/20

Norma:

ORDEN ICD/1035/2020, de 23 de octubre. ORDEN ICD/1217/2020, de 26 de noviembre. ORDEN PEJ/1471/2024, de 11 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de agosto de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de esta orden aprobar la convocatoria de subvenciones del “Plan Renove Aragón 2020” para la sustitución de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente por otros nuevos más eficientes energéticamente y menos contaminantes en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Presidencia, Economía y Justicia (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de ayuda, en ningún caso podrá ser superior al 25 % del coste de los aparatos o equipos correspondientes (IVA no incluido). Asimismo, el importe de la subvención, en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de adquisición del aparato.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada. Asimismo, también podrán serlo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonial que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan cumplir los requisitos para la percepción de la ayuda.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran susceptibles de ayuda la adquisición de los siguientes aparatos y equipos de las siguientes categorías:

a) Electrodomésticos con las siguientes clasificaciones energéticas:

- Frigorífico y frigorífico-congelador, A++ o superior.

- Congelador, A++ o superior.

- Lavadora, A++ o superior.

- Lavavajillas, A++ o superior.

- Encimeras de inducción total.

- Horno clase energética A + o superior.

b) Aparatos de aire acondicionado con clasificación energética A + o superior y al menos A en calefacción.

c) Calderas de condensación de gas natural o GLP´s con potencia máxima inferior a 70 kW y de baja emisión NOx (Clase 5 ó superior).

d) Calderas de biomasa con potencia máxima inferior a 70 kW que transfieren la energía térmica generada en la cámara y en circuito de humos para calefacción o suministro de agua caliente.

e) Otros aparatos o equipos que incorporen tecnologías que obtengan como resultado una mejora en el ahorro y la efciencia energética o una disminución de emisiones contaminantes como consecuencia de la evolución tecnológica y que necesariamente deberá determinarse por la Dirección General convocante de las ayudas.

En cada convocatoria de ayudas, en función de las disponibilidades presupuestarias, de la incentivación de la disminución de emisiones efecto invernadero o de la introducción en el mercado de nuevos equipos o instalaciones más eficientes energéticamente, se concretarán de entre las anteriores, las actuaciones subvencionables.

Documentos asociados

Boletín: 03/11/2020
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 218
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BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 240
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