Subvenciones para la promocion del empleo autonomo.

Código de ayuda:

S74019/07

Norma:

RESOLUCION 3080/2007, de 26 de octubre. ORDEN TAS 1622/2007, de 5 de junio.

Plazo de Solicitud:

La solicitud de la subvención deberá presentarse dentro de los tres meses posteriores al inicio de la actividad.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La Orden TAS 1622/2007, de 5 de junio, tiene por objeto el desarrollo y ejecución del Real Decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en
los ámbitos del empleo y de la formación profesional ocupacional, en lo que se refiere al establecimiento de un programa de promoción del empleo autónomo, cuya finalidad es facilitar la constitución de desempleados en trabajadores autónomos o por cuenta propia.

El objeto de la presente resolución es adecuar lo establecido en la citada Orden TAS a las peculiaridades derivadas de la organización propia de la Comunidad Foral de Navarra y a la normativa aplicable en su ámbito territorial.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Formación

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar Base 8.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarios de las subvenciones previstas en este programa las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, en el Servicio Público de Empleo correspondiente, cuando se establezcan
como trabajadores autónomos o por cuenta propia en la Comunidad Foral de Navarra y se hayan dado de alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social o mutua de colegios profesionales con fecha posterior al 7 de junio de 2007.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las personas que reúnan los requisitos establecidos en la base 2 podrán tener derecho a las siguientes subvenciones:

a) Subvención por el establecimiento como trabajador autónomo o por cuenta propia.

b) Subvención financiera: El objeto de esta subvención es reducir los intereses de los préstamos destinados a financiar las inversiones para la creación y puesta en marcha de la empresa.

c) Subvención para asistencia técnica: El objeto de esta subvención es la financiación parcial de la contratación, durante la puesta en marcha de la empresa, de los servicios externos necesarios para mejorar el desarrollo de la actividad empresarial, así como para la realización de estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnosis u otros de naturaleza análoga.

d) Subvención para formación: el objeto de esta subvención es la financiación parcial de cursos relacionados con la dirección y gestión empresarial y nuevas tecnologías de la información y la comunicación, a fin de cubrir las necesidades de formación del trabajador autónomo, durante la puesta en marcha de la empresa.

Documentos asociados

Boletín: 07/06/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 136
Documento: Orden TAS/1622/2007 Descargar Documento
Boletín: 12/12/2007
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 154
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento