Subvenciones para la promoción por Entidades Locales de emplazamientos empresariales de ámbito local.

Código de ayuda:

S10519/05

Norma:

Resolución de 17 de febrero de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/06/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Favorecer un desarrollo equilibrado territorialmente promoviendo emplazamientos empresariales en localidades de pequeña dimensión posibilitando la incorporación a dichos núcleos de actividades que diversifiquen su economía tradicional y favorezcan el desarrollo de su potencial endógeno.
Asimismo, la instalación de empresas en áreas Industriales permite a su vez la reubicación de la industria dispersa y de la situada en el interior de los núcleos urbanos o rurales con la consiguiente rehabilitación u descongestionamiento de dichos centros.
Esta mayor concentración geográfica de las empresas favorece un mejor acceso a recursos como materias primas, proveedores, clientes y centros de logística que le permiten completar el proceso productivo.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Corporaciones Locales
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Subvención de hasta el 75% del coste de las actuaciones previstas en el apartadoa).
b) Subvención de hasta el 30% del coste de las actuaciones previstas en los apartados b) y c).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los proyectos de creación, ampliación o adaptación por las Entidades Locales de polígonos industriales (emplazamientos
promovidos previa redacción y aprobación de los correspondientes Planes Parciales y conforme a proyectos de urbanización aprobados por la Consejería u Organismo Autónomo responsable) en Municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja con una población inferior a 5.000 habitantes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La elaboración de estudios dirigidos a contrastar la viabilidad técnico económica de la actuación.
b) La elaboración de los proyectos necesarios para el completo desarrollo de la unidad de ejecución.
c) El coste de las obras de urbanización y/o de ampliación de servicios y la dirección de obra y en su caso el coste de adquisición de los terrenos.

Los terrenos sobre los que se pretenda actuar deberán estar finalmente calificados como suelo urbano o urbanizable para usos industriales, cuando se trate de acciones incluidas en las letras b) o c) del apartado anterior.
La superficie a ordenar inicialmente deberá ser adecuada a las necesidades y demandas reales de la localidad computándose con carácter general a efectos de determinar los incentivos una dimensión máxima de 80.000 metros cuadrados de superficie neta resultante de parcelas.
Excepcionalmente podrán admitirse superficies superiores cuando la instalación de un nuevo centro de trabajo o ampliación de una empresa existente así lo precise y exista un compromiso formal de instalación o ampliación por parte de sus propietarios.
El plazo máximo para iniciar las obras correspondientes al proyecto de actuación será de 6 meses a partir de la fecha de aceptación de la resolución de concesión de la subvención y su finalización será como máximo 2 años después de la misma fecha.

Documentos asociados

Boletín: 10/03/2005
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 34
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento