Subvenciones para la provisión de plazas del programa Jóvenes Cooperantes de Castilla-La Mancha durante el año 2010.

Código de ayuda:

S62555/09

Norma:

Orden de 11/09/2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/10/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobación de las bases y convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la provisión de plazas para el programa Jóvenes Cooperantes de Castilla-La Mancha, destinado a propiciar una cultura de solidaridad entre los/as jóvenes de Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Formación
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Presidencia (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Modalidad A un máximo de 3.300 euros por cada joven cooperante seleccionado.

Modalidad B un máximo de 2.350 euros por cada Joven cooperante seleccionado.

Modalidad C un máximo de 4.400 euros por cada joven cooperante seleccionado.

El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Modalidad (A) de 3 meses de duración: Participación en actividades de proyectos de Cooperación Internacional al Desarrollo.

Modalidad (B) de 1 mes de duración: Curso práctico de sensibilización y formación en Cooperación Internacional al Desarrollo en países en vías de desarrollo.

Modalidad (C) de 6 meses de duración: Fomento del voluntariado juvenil en cooperación internacional al desarrollo.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas formalmente en el registro que corresponda.

b) Gozar de capacidad jurídica y de obrar en España.

c) Tener como fines institucionales la realización de actividades relacionadas con la Cooperación para el Desarrollo y el fomento de la solidaridad entre los pueblos.

d) Carecer de finalidad lucrativa.

e) Tener sede en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. A estos efectos, se entiende por sede la presencia de estructura acreditada significativa de la entidad desde la que se gestionen los proyectos y se desarrolle su relación con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

f) En el caso de haber recibido subvenciones del Instituto de la Juventud para fines análogos en ejercicios anteriores, hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones recogidas en la correspondiente convocatoria anual, y no hallarse inmerso en procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o procedimiento sancionador incoado por tal motivo.

g) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

h) No podrán tener la condición de beneficiaria las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias contempladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 23/09/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 186
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento