Subvenciones para la puesta en marcha de iniciativas singulares de empleo.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S35900/13Norma:
Orden HAC/42/2013, de 18 de septiembre de 2013.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 10/10/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria para el año 2013 de subvenciones para la puesta en marcha de iniciativas singulares de empleo que se desarrollen a partir del 1 de enero de 2014.Categorías Subvención
- Empleo
Localización del organismo gestor
Cantabria
Convoca:
Consejería de Economía y Hacienda (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la subvención a percibir por las entidades que resulten beneficiarias será el resultado de multiplicar el número de personas desempleadas contratadas por el número de meses de duración del contrato y por las cantidades siguientes, en función del grupo de cotización a la Seguridad Social de las personas contratadas:a) 1.400,00 euros, para el grupo de cotización 1.
b) 1.200,00 euros, para el grupo de cotización 2.
c) 1.100,00 euros, para los grupos de cotización 3 a 11.
En los supuestos de contratación a tiempo parcial, la cuantía de la subvención se corresponderá con la duración efectiva de la jornada de trabajo. En estos casos la jornada de trabajo pactada no podrá ser inferior al cincuenta por ciento de la jornada ordinaria.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
a) Los municipios, así como sus entidades dependientes.b) Las entidades locales supramunicipales, así como sus entidades dependientes.
c) Las entidades vinculadas a entidades locales constituidas como asociaciones que estén
compuestas íntegramente por municipios y/o entidades locales supramunicipales.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los costes salariales y de Seguridad Social de las personas desempleadas e inscritas en el Servicio Cántabro de Empleo que, reuniendo los requisitos establecidos en esta orden, sean contratadas en el marco de la iniciativa singular de empleo.Requisitos:
Las entidades que puedan ser beneficiarias podrán ser promotores individuales de un proyecto de iniciativa singular de empleo, o bien liderar un proyecto que agrupe a varias de ellas; en este último caso, la entidad líder asumirá la condición de solicitante y, en su caso, debeneficiario de la subvención.
Las entidades solicitantes, para ser beneficiarias, deberán acreditar con anterioridad a
dictarse la propuesta de resolución que se encuentran al corriente del cumplimiento de sus
obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentos asociados
Boletín:
23/09/2013
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 182
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 182
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento