Subvenciones para la puesta en práctica de programas integrados de empleo de Galicia.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S29555/23

Norma:

ORDEN de 14 de junio de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de julio de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras, así como la convocatoria para el año 2023, de las subvenciones para la puesta en práctica de programas integrados de empleo de Galicia, en el ámbito de la Comunidad Autónoma y durante un período de 12 meses, para facilitar a las personas trabajadoras en situación de desempleo los recursos y herramientas que mejoren su empleabilidad, las activen laboralmente y les proporcionen competencias transversales que incrementen sus posibilidades de inserción laboral. Todas las personas participantes en estos programas deberán ser personas en situación de desempleo inscritas en el Servicio Público de Empleo de Galicia.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención que se concederá será de 2.200,00 euros por cada persona desempleada participante.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Los ayuntamientos, mancomunidades de ayuntamientos o entidades públicas dependientes o vinculadas a un ayuntamiento, cuya titularidad corresponda íntegramente a este. En el caso de los ayuntamientos o entidades públicas dependientes o vinculadas a un ayuntamiento, además, deberán tener una media de paro registrado en el año 2021 superior a 500 personas en el ámbito territorial del proyecto.

b) Las entidades con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Programas integrados destinados exclusivamente a mujeres de cualquiera de los colectivos especificados en el siguiente apartado.

B) Programas integrados destinados a personas desempleadas pertenecientes a los siguientes colectivos prioritarios:

a) Personas con discapacidad.

b) Personas en riesgo de exclusión social y personas beneficiarias del tramo de inserción de la renta de inclusión social de Galicia.

c) Mujeres con la condición de víctimas de violencia de género.

d) Personas menores de 30 años con baja cualificación.

e) Personas menores de 30 años cualificadas.

f) Personas mayores de 45 años.

g) Personas perceptoras de la renta de inclusión social de Galicia no incluidas en el apartado b).

h) Personas perceptoras de prestaciones, subsidios por desempleo o renta activa de inserción.

i) Personas desempleadas como consecuencia de un expediente de regulación de empleo de carácter extintivo, presentado en los doce meses anteriores a la publicación de esta orden.

j) Mujeres.

k) Personas desempleadas de larga duración.

l) Personas inmigrantes.

m) Personas desempleadas no incluidas en ninguno de los grupos anteriores.

Documentos asociados

Boletín: 28/06/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 112
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 28/06/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 112
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento