Subvenciones para la realización de acciones en el marco del Programa Integral de Orientación y Mejora de la Empleabilidad.

Código de ayuda:

S20328/24

Norma:

Resolución de 13 de septiembre de 2024.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Concesión de subvenciones a entidades que realicen actuaciones de orientación profesional y autoempleo que, en función de las necesidades y las características de las personas participantes, podrán ser complementadas con acciones formativas de corta duración (píldoras formativas), dirigidas a mejorar las condiciones de empleabilidad de personas demandantes de empleo ocupadas y desempleadas inscritas en las Oficinas del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, cuyos perfiles se definirán en las correspondientes convocatorias.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Las entidades sin ánimo de lucro que, teniendo personalidad jurídica propia, cuenten con experiencia demostrada en la realización de las acciones objeto de la respectiva convocatoria y de acuerdo con lo previsto en estas bases.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Acciones de orientación profesional para el empleo, tanto individuales como grupales, que faciliten a las personas participantes la mejora de su empleabilidad, promover su carrera profesional, mejorar su búsqueda de empleo por cuenta ajena y facilitar su contratación.

b) Acciones de motivación y asesoramiento para el autoempleo, tanto individuales como grupales que puedan
orientar su desarrollo profesional hacia el autoempleo.
En ambos casos, previamente se podrán contemplar en la convocatoria acciones dirigidas a la acogida y diagnóstico inicial de la empleabilidad de las personas participantes.

c) Píldoras o Acciones de formación, tanto básica como en habilidades sociales o transversales, técnico-profesionales, etc. La tipología de las acciones que podrán desarrollarse se establecerá en la convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 20/09/2024
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 184
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento