Subvenciones para la realización de actividades conmemorativas, de investigación y de difusión de la memoria histórica, y se abre convocatoria pública para la presentación de solicitudes para la obtención de estas subvenciones para el año 2010.- Modificación.
Código de ayuda:
S76382/09Norma:
ORDEN IRP/542/2009, de 9 de diciembre. ORDEN IRP/519/2010, de 9 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 22/01/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se regulan las subvenciones para la realización de actividades conmemorativas, de investigación y de difusión de la memoria histórica en el periodo comprendido entre 1931 y 1980.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Asociacionismo y Voluntariado
- Corporaciones Locales
- Patrimonio Cultural y Arquitectura
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de las subvenciones dirigidas a ayuntamientos, consorcios y consejos comarcales está limitado al 70% del gasto total de las actividades presupuestadas.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Los consorcios constituidos principalmente por entes locales, los ayuntamientos y consejos comarcales de Cataluña, y las entidades sin finalidades de lucro, que lleven a cabo actividades conmemorativas, de investigación y difusión de la memoria histórica de la lucha por la democracia y que incluyan alguna o diversas de las actuaciones previstas en la base 4.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Ámbito 1. Actuaciones conmemorativas de acontecimientos relacionados con el exilio, la deportación, la represión, la resistencia y la construcción de la sociedad democrática, o bien actuaciones de homenaje a personas que, durante el periodo mencionado, se hubieran significado por su compromiso con la lucha para la defensa y el restablecimiento de las libertades y la democracia.b) Ámbito 2. Actuaciones de difusión y/o formación, consistentes en la organización de congresos, simposios, jornadas, seminarios y exposiciones temporales; en la elaboración de productos audiovisuales y publicaciones; en el desarrollo de proyectos educativos, o en la realización de actuaciones culturales y artísticas estrictamente relacionadas con la temática propia de esta convocatoria de subvenciones.
c) Ámbito 3. Investigación documental orientada a la reconstrucción de hechos y procesos relacionados con la Segunda República, la Generalidad republicana, la Guerra Civil, la represión de la dictadura, el exilio y la resistencia democrática, y la Transición. Todos los proyectos de este ámbito tienen que tener en cuenta los “protocolos para proyectos de investigación” del Memorial Democrático, disponibles a la dirección http://www.gencat.cat/dirip. La dotación máxima de estos proyectos será de 20.000 euros.
d) Ámbito 4. Proyectos de recuperación de memoria oral del periodo histórico de referencia, que contemplen la investigación previa, la grabación audiovisual y la trascripción de las entrevistas, así como la trascripción de entrevistas ya existentesa testigos de gran valor, y que tengan como resultado final la edición en formato digital de todo el material recogido, de conformidad con lo que prevé la base 10. Los
proyectos tendrán una dotación máxima de 20.000 euros y tendrán que seguir las disposiciones y prescripciones técnicas establecidas al protocolo correspondiente con la finalidad de formar parte del Banco Audiovisual de la Memoria Democrática.
e) Ámbito 5. Proyectos transversales para la recuperación de la memoria democrática, que aúnen actividades pertenecientes a los diferentes ámbitos de actuación recogidos en esta convocatoria, las cuales tendrán que estar vertebradas por un eje temático común. La dotación máxima de estos proyectos será de 30.000 euros.
Requisitos:
a) Cumplir sus obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad, y estar al corriente de las correspondientes obligaciones con la Seguridad Social. b) Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.c) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
d) Estar al corriente de pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones. 3.2 El cumplimiento de estos requisitos se acreditará mediante la aportación de la documentación prevista a la base 7 de este anexo.
Documentos asociados
Boletín:
22/12/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5531
Documento: Bases y Convocatoria 2010 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5531
Documento: Bases y Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín:
15/11/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5755
Documento: Modificación Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5755
Documento: Modificación Descargar Documento