Subvenciones para la realización de actividades de Educación Ambiental en contacto directo con el Medio Ambiente Riojano.
Código de ayuda:
S13919/04Norma:
Orden 4/2004, de 5 de mayo. Resolución nº 33/2005, de 21 de enero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/03/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fomentar las actividades promovidas por entidades sin ánimo de lucro, incluidas las Asociaciones de Padres de Alumnos, que favorezcan un contacto directo con el medio ambiente de La Rioja.Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
La Rioja
Convoca:
Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial (La Rioja)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía total de la subvención será el 80% de los gastos de la actividad, y el 100% de los gastos correspondientes a los seguros de accidente que se suscriban específicamente para la actividad, estableciéndose un límite máximo de 5.000 euros por proyecto.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las Entidades sin ánimo de lucro, incluidas las asociaciones de padres de alumnos, que estén legalmente constituidas dentro elterritorio de La Rioja y se encuentren inscritas en el correspondiente Registro Público.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Las iniciativas que se presenten estarán basadas en visitas guiadas, recorridos educativos o actividades de mejora ambiental, en contacto directo con el medio ambiente de La Rioja, en el que participen grupos de ciudadanos organizados a tal fin.2. El contenido de las iniciativas de educación ambiental que se quieran acoger a esta Orden podrá referirse tanto a cuestiones del medio natural riojano como de gestión ambiental en la Comunidad Autónoma, tales como visitas a infraestructuras e instalaciones.
Se considerarán prioritarios los siguientes temas: Espacios naturales protegidos; Red Natura 2000; conservación y mejora de hábitats; conocimiento de la biodiversidad de La Rioja; vías pecuarias, vías verdes o itinerarios en la naturaleza; uso racional del agua; uso racional de la energía; gestión de residuos; agricultura ecológica y agricultura integrada; contaminación del aire; contaminación acústica; Agenda 21 local.
3. Los gastos subvencionables de estas actividades serán exclusivamente los referidos a:
a) Promoción de la actividad a desarrollar
b) Desplazamientos
c) Materiales fungibles necesarios para su desarrollo
d) Seguros de accidente para los participantes
Quedan excluidos los gastos de alojamiento y manutención de organizadores y participantes, la remuneración del personal que desarrolle las labores educativas, y los gastos correspondientes a publicaciones que no tengan que ver con la promoción de la actividad.
Documentos asociados
Boletín:
18/05/2004
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 64
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 64
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
05/02/2005
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 19
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 19
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento