Subvenciones para la realización de actividades de interés social durante el 2004.
Código de ayuda:
S02737/04Norma:
Sesión de 28 de enero de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/03/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
La realización de actividades de utilidad pública y de interés social que mejoren la situación de las personas con dificultades sociales.Categorías Subvención
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Ayuntamiento de Palma de Mallorca (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de las subvenciones no excederá del 50% del coste de la actividad.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las personas jurídicas que cumplan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Mejora de la calidad de vida de las personas con discapacidad y sus familias.- Prevención y reinserción de drogodependencias.
- Integración y soporte a la infancia y juventud en situación de riesgo social.
- Atención a la familia.
- Promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
- Programas y actividades dirigidos a las personas mayores.
- Atención a los colectivos más desfavorecidos.
- Promoción del voluntariado.
- Atención a la inmigración y fomento de la convivencia ciudadana.
Requisitos:
- Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro que corresponda.- Disfrutar de capacidad jurídica y de obrar.
- No tener finalidad de lucro.
- Tener sede social y actuación en el municipio de Palma.
- Estar inscrita en el Registro de Centros, Servicios y Entidades de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas y otros registros de las administraciones públicas que correspondan.
- Haber justificado las subvenciones concedidas en ejercicios anteriores.
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de
Palma y no encontrarse sometida a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o ningún procedimiento sancionador incoado por este motivo.
Documentos asociados
Boletín:
10/02/2004
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 20
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 20
Documento: Convocatoria Descargar Documento