Subvenciones para la realización de actividades de interés social durante el 2004.

Código de ayuda:

S02737/04

Norma:

Sesión de 28 de enero de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/03/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de actividades de utilidad pública y de interés social que mejoren la situación de las personas con dificultades sociales.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Ayuntamiento de Palma de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las subvenciones no excederá del 50% del coste de la actividad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Mejora de la calidad de vida de las personas con discapacidad y sus familias.
- Prevención y reinserción de drogodependencias.
- Integración y soporte a la infancia y juventud en situación de riesgo social.
- Atención a la familia.
- Promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
- Programas y actividades dirigidos a las personas mayores.
- Atención a los colectivos más desfavorecidos.
- Promoción del voluntariado.
- Atención a la inmigración y fomento de la convivencia ciudadana.

Requisitos:

- Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro que corresponda.
- Disfrutar de capacidad jurídica y de obrar.
- No tener finalidad de lucro.
- Tener sede social y actuación en el municipio de Palma.
- Estar inscrita en el Registro de Centros, Servicios y Entidades de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas y otros registros de las administraciones públicas que correspondan.
- Haber justificado las subvenciones concedidas en ejercicios anteriores.
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de
Palma y no encontrarse sometida a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o ningún procedimiento sancionador incoado por este motivo.

Documentos asociados

Boletín: 10/02/2004
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 20
Documento: Convocatoria Descargar Documento