Subvenciones para la realizacion de actividades formativas en el Sector del Transporte Publico por Carretera para el ejercicio 2009.
Código de ayuda:
S46864/09Norma:
ORDEN de 2 de junio de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 17/07/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
La realización de actividades formativas relacionadas con el transporte por carretera.Categorías Subvención
Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
Asociacionismo y Voluntariado
Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Formación
Transporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Vivienda y Administración Local (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar Artículo 5.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones profesionales de transportistas y de empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte y los sindicatos de trabajadores, con implantación efectiva en el sector del transporte por carretera de la Comunidad de Madrid.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Podrán ser objeto de subvención los siguientes gastos, siempre que hayan sido realizados en el período comprendido entre 1 de enero y 31 de octubre del año de convocatoria:a) En la realización de cursos, seminarios o jornadas, los de profesorado o ponentes, material didáctico y fungible, alquiler de instalaciones, equipos y útiles de trabajo, seguros, dirección y coordinación, y difusión y publicidad de la acción formativa.
b) En la edición de libros u otros materiales, los de elaboración, coordinación y difusión y publicidad de los mismos.
Requisitos:
Podrán acceder a las subvenciones las asociaciones profesionales de transportistas y de empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte y los sindicatos de trabajadores, con implantaciónefectiva en el sector del transporte por carretera de la Comunidad de Madrid, que reúnan los siguientes requisitos:
a) Realizar alguna de las actividades que se indican a continuación:
— Desarrollo de cursos, seminarios o jornadas sobre materias relacionadas con el transporte, o sobre otras que resulten de utilidad para la gestión de una empresa de transporte por carretera o el desempeño de un puesto de trabajo en la misma.
— Edición de libros u otros materiales de finalidad formativa sobre las materias mencionadas en el apartado anterior, con la exclusión de folletos y de aquellos otros cuyo contenido consista en su mayor parte en una recopilación de normas.
b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener deudas o sanciones de naturaleza tributaria con la Comunidad de Madrid.
c) No hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones contempladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d) No superar la ayuda máxima permitida por el régimen de mínimis.
Documentos asociados
Boletín:
17/06/2009
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 142
Documento: Bases, convocatoria 2009 y anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 142
Documento: Bases, convocatoria 2009 y anexos Descargar Documento