Subvenciones para la realizacion de actividades formativas en el sector del transporte publico por carretera - Convocatoria 2008 y Modificación de las Bases.
Código de ayuda:
S29200/07Norma:
ORDEN de 6 de marzo de 2007. ORDEN de 17 de junio de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/07/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Apoyar la realización de actividades formativas relacionadas con el transporte por carretera.Categorías Subvención
Formación
Transporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Vivienda y Administración Local (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La subvención cubrirá el 90 por 100 de los gastos presupuestados y efectivamente realizados, excluido IVA, hasta un máximo de 40.000 euros por beneficiario.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones profesionales de transportistas y de empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte y los sindicatos de trabajadores, con implantación efectiva en el sector del transporte por carretera de la Comunidad de Madrid.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Podrán ser objeto de subvención los siguientes gastos:— En la realización de cursos, seminarios o jornadas, los de profesorado o ponentes, material didáctico y fungible, alquiler de instalaciones, equipos y útiles de trabajo, dirección y coordinación, y difusión y publicidad de la acción formativa.
— En la edición de libros u otros materiales, los de elaboración y difusión de los mismos.
La ayuda concedida para atender los gastos de dirección y coordinación y los de difusión y publicidad ascenderá conjuntamente como máximo al 15 por 100 de la subvención total. En ningún caso se subvencionarán por este concepto los gastos de desplazamiento.
Requisitos:
a) Realizar alguna de las actividades que se indican a continuación:— Desarrollo, en centros ubicados en la Comunidad de Madrid, de cursos, seminarios o jornadas sobre materias relacionadas con el transporte, o sobre otras que resulten de utilidad para la gestión de una empresa de transporte por carretera o el desempeño de un puesto de trabajo en la misma, dirigidos a personas vinculadas al sector del transporte.
— Edición de libros u otros materiales de finalidad formativa sobre las materias mencionadas en el apartado anterior, con la exclusión de folletos y de aquellos otros cuyo contenido consista en su mayor parte en una recopilación de normas.
b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener deudas o sanciones de naturaleza tributaria con la Comunidad de Madrid.
c) No hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones contempladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d) No superar la ayuda máxima permitida por el régimen de “minimis”.
Documentos asociados
Boletín:
26/03/2007
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 72
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 72
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín:
30/06/2008
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 154
Documento: Convocatoria 2008, Modificación de las Bases y Anexos Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2008, Modificación de las Bases y Anexos Descargar Documento