Subvenciones para la realizacion de actividades juveniles y dotacion de medios basicos de funcionamiento por las asociaciones juveniles, entidades prestadoras de servicios a la juventud y secciones juveniles de partidos politicos de Cantabria, asi como la contratacion de jovenes menores de 30 años que presten sus servicios en las mismas durante el año 2009 - Modificación.
Código de ayuda:
S09882/09Norma:
Orden EMP/24/2009, de 3 febrero. Orden EMP/46/2009, de 22 de abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 04/03/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar las bases reguladoras y convocar subvenciones para las Asociaciones Juveniles, entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud y Secciones Juveniles de Partidos Políticos de Cantabria, para el año 2009:1.1. Subvenciones para proyectos de actividades juveniles que vayan a ejecutarse a lo largo del año 2009.
1.1.1. Las ayudas que se convocan habrán de destinarse a acciones de carácter formativo, recreativo o social y en general de promoción del asociacionismo para jóvenes residentes en Cantabria de entre 10 y 30 años.
1.1.2. Estas subvenciones no incluirán inversiones en infraestructura, ni equipamiento, ni gastos generales de funcionamiento de las entidades solicitantes, sino exclusivamente los propios del desarrollo de los proyectos juveniles indicados.
1.1.3. Las actividades subvencionadas, únicamente el 50 %, pueden ser objeto de subcontratación por el beneficiario.
1.2. Subvenciones para la adquisición de medios básicos de funcionamiento para el año 2009.
1.2.1. Estas subvenciones tendrán estrictamente el destino enunciado y no podrán incluir, en ningún caso, gastos generales de funcionamiento de las entidades solicitantes.
1.2.2. La adquisición y el pago efectivo de los medios subvencionados deberá realizarse con anterioridad al 31 de diciembre de 2009 y destinarse al fin concreto para el que se concede la subvención durante al menos 2 años.
1.3. Subvenciones para contratar jóvenes desempleados/ as, bien en jornada a tiempo parcial o completa, a fin de realizar tareas de programación, gestión o coordinación que, al mismo tiempo que favorezcan el funcionamiento interno y el desarrollo de las actividades de aquellas a lo largo del año 2009, permita a éstos una formación y destreza profesional. Los jóvenes a contratar deberán cumplir los siguientes requisitos:
1.3.1.1. Estar inscritos en el Servicio Cántabro de Empleo, o continuar prestando en la entidad contrato
laboral subvencionado por la Consejería de Empleo y Bienestar Social al amparo de las convocatorias de subvenciones aprobadas en años anteriores.
1.3.1.2. Tener entre 18 y 30 años en el momento de la contratación.
1.3.1.3. No formar parte de la Junta Directiva de la entidad solicitante durante el año inmediatamente anterior a la entrada en vigor de la presente convocatoria.
1.3.1.4. No tener parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado, o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los miembros de la Junta Directiva de la entidad.
1.3.1.5. La duración de los contratos a subvencionar vendrá determinada por la propia labor a desarrollar y la conexión con los programas de actividades, servicios a los jóvenes y funcionamiento interno que las entidades solicitantes realicen.
1.3.1.6. Estas subvenciones no podrán destinarse a inversiones en infraestructura, ni equipamiento, ni gastos generales de funcionamiento, sino exclusivamente a la contratación de personal para el funcionamiento interno de la entidad solicitante.
1.3.1.7. Las ayudas concedidas únicamente podrán subvencionar mensualidades correspondientes a contratos laborales en vigor durante el año 2009.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Empleo
- Juventud
Localización del organismo gestor
Cantabria
Convoca:
Consejería de Empleo y Bienestar Social (Cantabria)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán acogerse a la presente convocatoria las Asociaciones Juveniles, las entidades Prestadoras deServicios a la Juventud y las Secciones Juveniles de Partidos Políticos, debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones Juveniles y entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de Cantabria, regulado por
Decreto 19/2002, de 28 febrero, que dispongan de estructura y financiación que garantice el desarrollo de su actividad.
No podrán obtener la condición de beneficiarios de las ayudas quienes se hallaren en alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Documentos asociados
Boletín:
13/02/2009
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 30
Documento: Bases Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 30
Documento: Bases Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín:
07/05/2009
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 86
Documento: Modificación Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 86
Documento: Modificación Descargar Documento