Subvenciones para la realizacion de actividades por parte de las Asociaciones de Gent Gran.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S15000/12Norma:
Palma, — de abril de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 14/05/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular las subvenciones para la realización de actividades de utilidad pública y de interés social que mejoren la situación de las personas mayores y que fomenten su participación dentro del ámbito de lascompetencias del Área de Bienestar Social, Inmigración y Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Palma y, de forma complementaria, a la oferta de servicios de la que dispone durante el año 2012.
Categorías Subvención
- Audiovisual, Prensa y Publicaciones
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Ayuntamiento de Palma de Mallorca (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Los importes máximos con los que se pueden subvencionar los proyectos presentados son:- 2.500,00 € para las entidades que presenten proyectos de actividades a desarrollar en 2012.
- 5.000,00 € para las entidades que presenten proyectos de actividades a desarrollar en 2012 y 2013. En estos casos, la entidad solicitante no podrá percibir más de 2.500,00 € por año dónde se desarrolle el proyecto.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
La persona jurídica que cumpla los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
d) Talleres a realizar para la promoción de la autonomía personal de las personas mayores.e) Proyectos dirigidos a la mejora de la calidad de vida de las personas mayores.
f) Actividades preventivas para la mejora de la salud en las personas mayores.
Requisitos:
k) Estar legalmente constituida como una entidad de Gent Gran.l) Acreditar estar legalmente constituida como una Federación de Asociaciones de Personas Mayores, en el caso de presentar solicitud/es en representación de sus afiliados.
m) Tener capacidad jurídica y de obrar.
n) No tener finalidad de lucro.
o) Tener sede social y actuación al municipio de Palma.
p) Estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas y en otros registros de las administraciones públicas cuando corresponda.
q) Haber justificado las subvenciones concedidas en ejercicios anteriores.
r) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de seguridad social.
s) Estar al corriente de les obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Palma y no encontrarse sometida en ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o procedimiento sancionador incoado por este motivo.
t) No incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 6 de la Ordenanza municipal.
Documentos asociados
Boletín:
28/04/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 60
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 60
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento