Subvenciones para la realización de actividades relacionadas con la promoción e implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible en España.

Código de ayuda:

S19082/23

Norma:

Resolución del 29 de marzo de 2023. Orden DSA/921/2021, de 1 de septiembre. Resolución de 13 de mayo de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de junio de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente resolución tiene por objeto convocar para el año 2024, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones a proyectos e iniciativas cuyas finalidades sean el impulso, la promoción y la alineación de políticas públicas, así como la realización de actividades para el fortalecimiento e implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1 de la Orden Ministerial DSA/921/2021, de 1 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de actividades relacionadas con la promoción e implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible en España. La Dirección General de Agenda 2030 es el órgano convocante por delegación del Ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 mediante la Orden DCA/249/2024, de 15 de marzo, de fijación de límites de gasto y de delegación de competencias.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones otorgadas a las entidades relacionadas en el artículo 2.1 a), se sufragarán con los créditos presupuestarios de la Dirección General de Agenda 2030 del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 para el ejercicio 2024, en concreto la aplicación presupuestaria 29.07.921Y.480, por una cuantía máxima de 8.500.000 euros (ocho millones quinientos mil euros) que se distribuirá en función del presupuesto de los proyectos:

a) 7.500.000 euros para proyectos con una cuantía solicitada superior a 60.000 euros e inferior o igual a 300.000 euros.

b) 1.000.000 euros para proyectos con una cuantía solicitada igual o superior a 25.000 euros e inferior o igual a 60.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de entidad beneficiaria:

a) Las asociaciones, fundaciones, especialmente las de ámbito supraterritorial o nacional, y demás entidades privadas sin ánimo de lucro, así como las entidades que integran la economía social, definidas en el artículo 2 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.

b) Las universidades creadas conforme a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.



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