Subvenciones para la realizacion de actuaciones en materia de promocion de la igualdad y desarrollo de la mujer.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S23591/11Norma:
Resolución de Alcaldía de 7 de abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 25/05/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones para la realización de actuaciones en materia de promoción de la igualdad ydesarrollo de la mujer.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Torrelavega (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La subvención máxima no podrá superar el 70 por ciento del coste total del proyecto subvencionado.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones, entidades y colectivos que cumplan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se consideran gastos subvencionables los que se relacionan a continuación, siempre que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el plazo establecido en esta convocatoria:A. Gastos directos: Se considerarán como tales los vinculados a la ejecución del proyecto o actuación y que fi nancien la consecución inmediata de sus objetivos. En todo caso revisten este carácter los siguientes gastos:
— Equipos y materiales. Para adquisiciones de equipos y materiales a una misma empresa cuando supere los 12.020,21 euros, será necesaria la presentación de, al menos, tres ofertas, con objeto de justificar que se ha elegido la más ventajosa.
— Personal afecto al programa, incluidos los salarios, seguros, viajes o dietas. Deberá justificarse mediante la presentación del contrato de trabajo que acredite la relación laboral, las nóminas correspondientes al periodo subvencionado y el documento que acredite la cotización a la Seguridad Social.
— Alquileres de inmuebles y gastos de mantenimiento de los mismos.
— Los gastos de asistencia técnica externa que sean imprescindibles para la realización del proyecto. A tal efecto y para el caso de profesionales contratados para la ejecución de la actividad o proyecto, deberá aportarse la correspondiente factura que cumpla los requisitos legales establecidos en el Real Decreto 3422/2000, de 15 diciembre por el que modifi ca el Real Decreto 2402/1985, de 18 de diciembre, que regula el deber de expedir y entregar factura por empresarios y profesionales.
B. Gastos indirectos: Se considerarán como tales los gastos administrativos de la asociación o entidad derivados, exclusiva y directamente, de la formulación, seguimiento y fi nalización de cada una de las intervenciones. El porcentaje máximo de gastos indirectos no podrá superar el 20 por ciento de la subvención.
Requisitos:
A. Que tengan personalidad jurídica y capacidad de obrar y estén debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Torrelavega.B. Que gocen de capacidad jurídica y de obrar en España.
C. Que tengan sede o delegación abierta en el municipio de Torrelavega.
D. Que tengan como fines institucionales la realización de actividades de promoción de la igualdad y de desarrollo de la mujer.
E. Que no persigan fines de lucro ni dependan económica o institucionalmente de entidades lucrativas.
F. Que dispongan de estructura suficiente o potencial necesario para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales, y acrediten la experiencia y capacidad operativa que resulte necesaria para el logro de los objetivos propuestos en el proyecto.
G. Que se encuentren al corriente en el cumplimiento de las obligaciones derivadas de concesiones de ayudas para fines análogos, realizadas por la Administración del Estado, comunidades autónomas o ayuntamientos.
Documentos asociados
Boletín:
25/04/2011
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 78
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 78
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento