Subvenciones para la realización de inversiones destinadas a la modernización del comercio minorista.
Código de ayuda:
S09600/05Norma:
Orden de 18 de febrero de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 11/04/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión, para el ejercicio de 2005 de subvenciones para la realización de inversiones destinadas a la modernización de las pequeñas empresas comercialesestablecidas en la Comunidad Autónoma de Canarias.Categorías Subvención
- Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
- Calidad
- Comercio
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
Canarias
Convoca:
Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías (Canarias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las pequeñas empresas y microempresas comerciales minoristas, que a la fecha de presentación de la solicitud hayan obtenido licencia municipal de apertura y estén dadas de alta en alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de ActividadesEconómicas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Aplicaciones informáticas destinadas a la gestión y distribución en la actividad comercial y al comercio electrónico (e-business).2. Mobiliario específico de la zona de ventas e interior de los escaparates.
3. Maquinaria de uso comercial, directamente relacionada con el epígrafe del I.A.E. para el que se solicita la subvención.
4. Acondicionamiento del establecimiento comercial reseñado en la licencia de apertura (se incluyen obras de reforma y materiales, pavimento, revestimientos, iluminación e instalación eléctrica, escaparate, lunas de cristal, carpintería metálica u
otra en puertas y ventanas, cierre exterior de seguridad).
5. Introducción de planes de calidad: fomento de la implantación de planes de calidad aplicados a las empresas comerciales.
a) Estudios de diagnosis de punto de venta y calidad en las empresas.
Se considerarán los gastos externos de elaboración de estudios y planes de reforma y modernización que mejoren el funcionamiento y los servicios del establecimiento o de la empresa.
b) Gastos derivados de la obtención del reconocimiento de empresa a través de la certificación de sistemas de gestión por Organismos competentes.
c) Inversiones derivadas de la adaptación a un estudio punto de venta o un plan de calidad.
Serán apoyables las inversiones derivadas de la adaptación de la empresa a las recomendaciones de un estudio punto de venta o un plan de calidad para la empresa.
Para poder apoyar esta inversión se aportará el estudio punto de venta o plan de calidad que las determine.
No se computará como gasto de inversión la compra de mercancías objeto de comercialización por la empresa beneficiaria, ni se computarán como inversión subvencionable las cantidades que correspondan a pagos del Impuesto General Indirecto
Canario (I.G.I.C.), u otros tributos.
En todo caso, sólo serán subvencionables aquellos gastos que tengan la consideración de elegibles con arreglo a los criterios de elegibilidad de gastos contemplados en la normativa de aplicación contenida en el Reglamento (CE) nº 1685/2000 de la Comisión, de 28 de julio de 2000, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1.260/1999 del Consejo, en lo relativo a la financiación de gastos de operaciones cofinanciadas por los Fondos Estructurales.
Documentos asociados
Boletín:
10/03/2005
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 50
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 50
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento