Subvenciones para la realización de inversiones que fomenten la igualdad de oportunidades en el trabajo.
Código de ayuda:
S01300/03Norma:
Orden Foral 84/2003, de 29 de mayo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/10/2003Finalidad u objetivo de la ayuda:
Incentivar la realización de inversiones, por parte de las pequeñas y medianas empresas, dirigidas a construir nuevas instalaciones así como a adaptar los puestos de trabajo, eliminar barreras arquitectónicas o a dotar de medios de protección personal o adaptación de equipos de trabajo de tal forma que faciliten la incorporación, permanencia y promoción en el trabajo, tanto de las mujeres como de las personas discapacitadas.Categorías Subvención
Discapacidad / Personas con discapacidad
Empleo
Inversiones Materiales y Equipos
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/15.png)
Convoca:
Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Subvención a fondo perdido del 30% de la inversión.El límite de la inversión subvencionable será de 30.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las pequeñas y medianas empresas que realicen, durante el año 2003, en sus centros de trabajo ubicados en la Comunidad Foral de Navarra inversiones en activos fijos materiales.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las siguientes inversiones en activos fijos materiales:- Las que no teniendo instalaciones diferenciadas para hombre y mujeres realicen las mismas con la finalidad de contratar a personas de distinto sexo.
- Las que adapten los puestos o equipos de trabajo, eliminen barreras arquitectónicas o doten de medidas de protección personal con la finalidad de contratar a personas discapacitadas.
Requisitos:
Se entiende por pequeña y mediana empresa la que cumpla los siguientes requisitos:1._Que empleen a menos de 250 trabajadores.
2._Que el volumen de negocio anual no exceda de 40 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 27 millones de euros.
3._Que cumpla el criterio de independencia. Se considera que cumple tal criterio la empresa que no está participada en el capital, o en los derechos de voto, en un porcentaje igual o superior al 25 %, por empresa o grupos de empresas que no cumplan la definición de PYME, pudiendo rebasar este umbral en dos casos:
_Cuando la empresa esté controlada por empresas públicas de inversión, empresas de capital riesgo o inversores institucionales, siempre que estos no ejerzan, individual o conjuntamente, control alguno sobre la empresa.
_Cuando la dispersión del capital se traduzca en la imposibilidad de determinar su titular y la empresa declare que puede legítimamente presumir que en ella no tiene una participación igual o superior al 25 % una empresa o un conjunto de empresas que no correspondan a la definición de PYME.
_Cuando la empresa esté controlada por empresas públicas de inversión, empresas de capital riesgo o inversores institucionales, siempre que estos no ejerzan, individual o conjuntamente, control alguno sobre la empresa.
_Cuando la dispersión del capital se traduzca en la imposibilidad de determinar su titular y la empresa declare que puede legítimamente presumir que en ella no tiene una participación igual o superior al 25 % una empresa o un conjunto de empresas que no correspondan a la definición de PYME.
Documentos asociados
Boletín:
30/07/2003
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 97
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 97
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