Subvenciones para la realizacion de mapas municipales toponimicos en papel.- Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S67346/10Norma:
ORDEN de 1 de diciembre de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 21/02/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la concesión de las subvenciones destinadas a cubrir gastos correspondientes a los honorarios de la realización del siguiente tipo de trabajo: Mapa municipal toponímico en papel, a escala igual o de mayor detalle que 1/30.000. Dicho mapa habrá de abarcar la totalidad del término municipal, en el caso de que la entidad solicitante sea un Ayuntamiento o, en el caso de que la subvención sea solicitada por alguna otra entidad de las contempladas en el artículo 3, la totalidad del territorio que represente.En este último supuesto, cuando la superficie total de la entidad sea igual o superior a 300 km², la escala será igual o de mayor detalle que 1/45.000.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Audiovisual, Prensa y Publicaciones
- Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la subvención se determinará aplicando las siguientes fórmulas:Siendo «H» la subvención máxima expresada en euros, y «S» la superficie del municipio, parzonería
o asociación de municipios, expresada en kilómetros cuadrados.
H = 10.000, para valores de «S» inferiores o iguales a 30 km².
H = 9.000 + 100 x S/3, para valores de «S» comprendidos entre 30 y 90 km².
H = 12.000, para valores de «S» superiores o igual a 90 km².
La subvención en ningún caso tendrá un importe superior a 12.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los Ayuntamientos, Parzonerías, Mancomunidades y Asociaciones de municipios de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Podrán ser objeto de subvención aquellos trabajos que, reuniendo los requisitos de contratación expresados en el artículo 8, se hayan iniciado con posterioridad a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.Igualmente podrán ser objeto de subvención, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.3, los trabajos de renovación o actualización de aquellos mapas cuya antigüedad sea superior a los dos años contados desde la fecha de la factura del trabajo anterior y hasta de fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.
Requisitos:
Para acceder a la subvención las entidades solicitantes habrán de reunir el requisito de no encontrarsesancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o hallarse incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello.
Documentos asociados
Boletín:
21/12/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 243
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 243
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento