Subvenciones para la realización de obras y adquisición de equipamiento por las Asociaciones y Entidades Juveniles.

Código de ayuda:

S05828/06

Norma:

RESOLUCIÓN de 16 de febrero de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/03/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones a Asociaciones y Entidades Juveniles del Principado de Asturias para la realización de obras, así como la inversión en equipamiento.
En ambos casos se exigirá que la obra a realizar o el equipamiento a adquirir guarde relación con los proyectos de actividades previstos para el año 2006.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En ningún caso la subvención concedida a una Asociación o Entidad Juvenil podrá ser superior a quince mil euros (15.000 euros).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones y Entidades Juveniles, Secciones juveniles de las demás Asociaciones (siempre que tengan reconocidos estatutariamente autonomía funcional, organización y gobierno propio para los asuntos específicamente juveniles) y aquellas Asociaciones cuyo fin principal sea la prestación de servicios a la Juventud, en el ámbito específico de las actividades juveniles, sin ánimo de lucro y no específicamente deportivas, que radiquen y desarrollen sus actividades en Asturias y estén inscritas en el momento de la publicación de las bases de convocatoria en el Registro Voluntario de Entidades Juveniles del Principado de Asturias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las obras podrán incluir trabajos de adecuación, mejora y conservación de instalaciones, siempre que los espacios objeto de este tratamiento estén destinados a uso juvenil por un período mínimo de 5 años.
Los gastos de equipamiento deberán incluir exclusivamente la adquisición de mobiliario y enseres con carácter inventariable, entendiéndose aquellos cuyo uso se prolongue durante más de un año.

Se valorarán los siguientes criterios, según el siguiente orden de prioridad:
1. Mejora de los espacios destinados al desarrollo de actividades por la Asociación o Entidad Juvenil.
2. Adquisición de equipamientos vinculados al desarrollo de actividades concretas e incluidas en el programa
anual de la Asociación o Entidad Juvenil.
3. Adquisición de equipamientos vinculados a proyectos perdurables en el tiempo.
4. La oportunidad de los equipamientos a adquirir.

Documentos asociados

Boletín: 23/02/2006
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 44
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento