Subvenciones para la realización de programaciones habituales de actividades de ocio y tiempo libre.
Código de ayuda:
S19000/04Norma:
Resolución de 1 de julio de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 09/08/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
La realización de programaciones habituales de actividades de ocio y tiempo libre dirigidas a colectivos infantiles y juveniles de integración social y/o para la promoción y el funcionamiento de unidades informativas de integración social para el año 2004.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Juventud
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejería de Presidencia y Deportes (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Sin especificar.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las personas jurídicas sin ánimo de lucro que promueven actuaciones en beneficio de la infancia y la juventud, que estén inscritas y reconocidas como tal en el censo de la Dirección General de Juventud, de entidades juveniles y entidades prestadorasde servicios a la juventud.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos necesarios para llevar a cabo las actividades de programaciones habituales de actividades de ocio y tiempo libre dirigidas a colectivos infantiles y juveniles de integración social: discapacitados físicos y/o psíquicos, inmigrantes, minorías étnicas y grupos marginales o de riesgo, y/o para la promoción y el funcionamiento de unidades informativas de integración social.Requisitos:
a) Modalidad de actividades de integración social.Para acogerse a esta modalidad es un requisito indispensable que el porcentaje de casos comprometidos de integración social sea igual o superior al 50% del total de participantes o destinatarios de las acciones que se programen.
Este compromiso se ha de acreditar presentando un escrito que tiene que firmar la persona responsable del proyecto.
b) Modalidad de unidades informativas de integración social.
Para promover las unidades informativas de integración social son entidades beneficiarias de las subvenciones las fundaciones y las asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollan procesos de inserción social con jóvenes y mantienen en funcionamiento unidades de información joven, que puedan acreditar el cumplimiento de los requisitos para ser reconocidas como parte de la Red
Balear de Servicios de Información Joven.
Quedan excluidas de las subvenciones de esta convocatoria las personas físicas, las entidades y los proyectos de actividades con finalidad lucrativa, comercial, mercantil o similares; los colegios y las asociaciones profesionales y las cooperativas; los proyectos de cooperación exterior; las federaciones y las entidades deportivas; los centros docentes o de enseñanza y las corporaciones locales y entidades de derecho público.
Documentos asociados
Boletín:
08/07/2004
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 95
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 95
Documento: Convocatoria Descargar Documento