Subvenciones para la realizacion de programas de cooperacion y voluntariado sociales con cargo a la asignacion tributaria del impuesto sobre la renta de las personas fisicas.- Modificación.

Código de ayuda:

S41791/09

Norma:

Orden SAS/1352/2009, de 26 de mayo. Orden SPI/3060/2010, de 19 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/07/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El Ministerio de Sanidad y Política Social, con cargo al crédito ampliable 18.08.231F.484 consignado en los Presupuestos Generales del Estado con un importe de 103.887.920 euros, una vez deducida la cuantía de 614.188 euros, relativa a la tercera anualidad de los crédito disponible de 103.273.732 euros, convoca la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, para la realización de programas de cooperación
y voluntariado sociales, de interés general, encaminados a atender situaciones de necesidad y/o marginación de personas mayores de sesenta y cinco años, personas que sufran alguna discapacidad física, psíquica o sensorial, mujeres, familia, infancia y juventud, personas afectadas por problemas de drogodependencia, pueblo gitano, población reclusa y ex reclusa, refugiados y asilados, migrantes, víctimas del terrorismo, personas afectadas por el VIH/SIDA, así como actuaciones integrales contra la exclusión social y para la erradicación de la pobreza y demás actuaciones de solidaridad social para cubrir
necesidades de interés general.
El crédito disponible en esta convocatoria puede verse incrementado en una cuantía adicional que se estima en 86.282.450 euros, procedente de la cantidad total asignada para otros fines de interés social en las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del periodo impositivo 2007. La efectividad de dicha cuantía adicional depende de la declaración de disponibilidad del crédito derivado de la ampliación, previa aprobación de la modificación presupuestaria, que ha de tener lugar antes de la resolución de concesión.
Del crédito disponible para esta convocatoria se destinará un máximo del 2 por 100 a subvenciones para programas plurianuales. De no alcanzarse ese máximo, los fondos no utilizados se acumularán a los fondos destinados a las subvenciones para programas anuales.
Si, una vez adjudicadas las subvenciones, resultaran remanentes de crédito, podrán efectuarse nuevas convocatorias.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Sanidad y Consumo ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Cruz Roja Española y las entidades sociales u organizaciones no gubernamentales.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo dentro del plazo de presentación de las solicitudes de subvención.

b) Carecer de fines de lucro. A estos efectos se considerarán también entidades sin fines de lucro aquéllas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan en su totalidad en los fines sociales previstos en el artículo 3 del Real Decreto195/1989, de 17 de febrero, modificado por el Real Decreto 599/2007, de 4 de mayo.

c) Tener como fines institucionales primordiales la realización de alguna o algunas de las actividades a las que se refiere el artículo 1 de la presente orden Ministerial.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

e) Haber justificado, en su caso, suficientemente las ayudas económicas recibidas con anterioridad del entonces Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (antes, Ministerio de Asuntos Sociales).

f) Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.

Documentos asociados

Boletín: 28/05/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 129
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 29/11/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 288
Documento: Modificación Descargar Documento