Subvenciones para la realización de programas e iniciativas juveniles promovidos por la Unión Europea.
Código de ayuda:
S06382/06Norma:
Orden REL/10/2006, de 22 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/09/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvencionar la ejecución de programas e iniciativas presentadas por Asociaciones Juveniles, Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud, o grupos de jóvenes radicados en Cantabria que resulten aprobados por el correspondiente órgano de la Unión Europea, así como actividades del Centro Educativo de Cantabria que resulte ganador del concurso Euroscola, convocado y patrocinado por la Oficina del Parlamento Europeo en España.Quedan incluidos en el objeto de la presente Orden los programas o iniciativas aprobados por la Unión Europea presentados amparándose en las convocatorias de junio, septiembre y noviembre de 2005, que vayan a ejecutarse durante el año 2006, así como la subvención referida al concurso Euroscola.
Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
- Juventud
Localización del organismo gestor
Cantabria
Convoca:
Consejería de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos (Cantabria)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
a) Las Asociaciones Juveniles, Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud, debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de Cantabria regulado por el Decreto 19/2002, de 28 de febrero, así como grupos de jóvenes radicados en Cantabria que tengan aprobado por la Unión Europea el proyecto juvenil para el que se solicita ayuda por cumplir los requisitos del Programa Europeo de que se trate.b) El Centro Educativo de Cantabria que resulte ganador del concurso Euroscola.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Estas subvenciones se destinan exclusivamente a cofinanciar los gastos aprobados por el órgano de la Unión Europea para cumplir los objetivos y requisitos establecidos por el programa europeo de que se trate, de tal forma que, no incluirán inversiones en infraestructura, ni equipamiento, ni gastos generales de funcionamiento de las entidades o grupos solicitantes, sino exclusivamente los propios del desarrollo de las actividades indicadas.La actividad subvencionada deberá realizarse con anterioridad al 31 de diciembre del año 2006.
Documentos asociados
Boletín:
08/03/2006
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 47
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 47
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento