Subvenciones para la realizacion de proyectos de actividades de iniciativa juvenil por las Entidades Juveniles de Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2010.- Modificación.
Código de ayuda:
S76400/08Norma:
Orden de 28-11-2008. Orden de 11/12/2009. Resolucion de 12/12/2009. Orden de 08/03/2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 16/01/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases y regular la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos de actividades de iniciativa juvenil por las entidades juveniles en el ámbito de Castilla-La Mancha.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Asociacionismo y Voluntariado
- Juventud
Localización del organismo gestor
Castilla-La Mancha
Convoca:
Consejería de Presidencia (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de las subvenciones para los Proyectos de iniciativa juvenil tendrá como límite los porcentajes que, con arreglo a los conceptos de gasto definidos en el artículo 7 de esta Convocatoria, a continuación se determinan:- Gastos de actividades: hasta el 100% del presupuesto de gastos por tal concepto.
- Gastos de contratación de personal: hasta el 100% del presupuesto de gasto por dicho concepto.
- Gastos de gestión y mantenimiento: hasta el 10% de la cantidad subvencionada por los dos conceptos anteriores.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
a) Asociaciones Juveniles.b) Secciones Juveniles de otras Asociaciones, Partidos Políticos u Organizaciones Sindicales.
c) Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud.
d) Federaciones y Confederaciones de las anteriores entidades.
e) Agrupaciones de las anteriores entidades.
Asimismo, podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades juveniles que se constituyan en agrupación para la programación, desarrollo y ejecución en común de proyectos de actividades cuando, en virtud de acuerdo válidamente celebrado por las mismas, así lo soliciten sus respectivos representantes legales y designen a una de las entidades juveniles agrupadas y a su representante legal a los efectos de relacionarse en todo tipo de actuaciones del procedimiento de ejecución, percepción, justificación y demás obligaciones y responsabilidades relativas a la subvención concedida.
Las entidades agrupadas deberán pertenecer al ámbito en el que vayan a realizar las actividades proyectadas para las que soliciten la subvención y responderán solidariamente de las obligaciones que se deriven de la concesión de la subvención y de la ejecución del proyecto.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Actividades. Se financiarán los gastos corrientes (material fungible, dietas, transportes, comunicaciones, publicidad, contratos de servicios, monitores, directores de actividades juveniles, gastos diversos u otros de similar naturaleza) que guarden relación directa con la realización de las actividades o acciones contenidas en el Proyecto subvencionado.Las actividades corresponderán al ámbito de alguno de los siguientes ejes de actuación establecidos en el III Plan Joven de Castilla-La Mancha:
- Emancipación Joven.
- Educación no formal y cultura.
- Información Juvenil y nuevas tecnologías.
- Participación.
- Salud y calidad de vida.
- Dinamización rural juvenil.
- Mujer joven, jóvenes discapacitados y jóvenes inmigrantes.
Requisitos:
a) Hallarse debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud del Instituto de la Juventud regulado en el Decreto 155/1997, de 18 de noviembre (DOCM núm 52, de 21-11-1997).Las solicitudes de inscripción deberán haber sido válidamente presentadas por las entidades interesadas al menos tres meses antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 10.1 de la presente convocatoria.
b) Encontrarse al corriente con el citado Registro de Asociaciones Juveniles, cumpliendo con todas las obligaciones señaladas en el mencionado Decreto 155/1997, de 18 de noviembre.
Documentos asociados
Boletín:
23/12/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 263
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 263
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín:
21/12/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 247
Documento: Modificación Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 247
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Boletín:
21/12/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 247
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 247
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
06/03/2012
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 56
Documento: Modificación Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 56
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