Subvenciones para la realizacion de proyectos de ayuda humanitaria a traves de los Centros Navarros en la Republica Argentina y Chile.

Código de ayuda:

S28282/09

Norma:

ORDEN FORAL 98/2009, de 18 de marzo de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de concesión de ayudas que el Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno destina a financiar acciones humanitarias de los Centros Navarros y dirigidas a colectivos desfavorecidos y especialmente vulnerables de la República Argentina y Chile.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe destinado a la presente convocatoria es de 72.000 euros, con cargo a la partida económica B20003 B2220 4819 143100 denominada “Ayuda humanitaria de los centros navarros de Argentina y Chile” del presupuesto de gasto de 2009.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria los Centros Navarros o la Federación de los mismos en la República Argentina y en Chile.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

En concreto, las ayudas se destinarán a las siguientes finalidades:

'a) Adquisición de alimentos u otros productos e insumos de primera necesidad.

b) Adquisición de equipamientos de servicios básicos.

c) Pequeñas reparaciones de centros de servicios básicos.

d) Ayudas económicas personales a ciudadanos nacidos en Navarra o descendientes de los mismos residentes en Argentina y Chile que se encuentren en situación de extrema necesidad.

Requisitos:

a) Estar constituidos legalmente como Asociación o Entidad con personalidad jurídica e inscrita en el registro oficial correspondiente.

b) Carecer de ánimo de lucro y tener como objeto social la organización de actividades sociales.

c) Contener, dentro de la denominación oficial de la entidad la expresión “Navarra”, palabra derivada de la misma u otra expresión de referencia inequívoca y exclusiva a la Comunidad Foral de Navarra.

d) Contar con estatutos internos debidamente aprobados.

e) No estar incursa en ninguna de las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

f) Cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 9 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 08/04/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 42
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2009 Descargar Documento