Subvenciones para la realizacion de proyectos de ayuda humanitaria a traves de los Centros Navarros en la Republica Argentina y en la Republica de Chile.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S42055/12

Norma:

ORDEN FORAL 42/2012, de 13 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/12/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de concesión de ayudas que el Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales destina a financiar acciones humanitarias de los Centros Navarros, dirigidas a colectivos desfavorecidos y especialmente vulnerables de la República Argentina y de Chile, a realizar durante el año 2012.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Los Centros Navarros de Argentina y de Chile, siempre que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Adquisición de alimentos u otros productos e insumos de primera
necesidad.

b) Adquisición de equipamientos de servicios básicos para la realización
de la ayuda humanitaria en centros de atención específicos a la discapacidad por los motivos que los definan: intelectual, física, psíquica, funcional, geriátrica, orfandad, etc.

1.–Reposición de pequeñas herramientas.

2.–Mantenimiento de instalaciones.

3.–Elementos de carpintería.

4.–Lámparas.

5.–Todo aquello que no se considere inversión inventariable.

c) Pequeñas reparaciones de centros de servicios básicos.

d) Ayudas económicas a personas nacidas en Navarra o descendientes de las mismas, residentes en Argentina y Chile que se encuentren en situación de extrema necesidad.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituida e inscrita como asociación en el Registro Oficial correspondiente.

b) Carecer de ánimo de lucro y tener como objeto social la organización de actividades sociales.

c) Contener, dentro de la denominación oficial de la entidad la expresión “Centro Navarro”, palabra derivada de la misma u otra expresión de referencia inequívoca y exclusiva a la Comunidad Foral de Navarra.

d) Contar con estatutos internos debidamente aprobados.

e) No estar incursa en ninguna de las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

f) Cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 9 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 16/11/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 225
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento