Subvenciones para la realización de proyectos de investigación.
Código de ayuda:
S33773/05Norma:
Resolución de 31 de mayo de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 14/07/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Contribuir a la financiación de proyectos de investigación en las áreas científico-tecnológicas focalizadas previstas en el Primer Plan Canario de I + D + I para el período 2003-2006, o en los instrumentos de planeamiento que lo sustituyan.Categorías Subvención
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
Canarias
Convoca:
Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura (Canarias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Los centros públicos y privados de I + D sin ánimo de lucro a los que pertenezca el investigador principal del proyecto, siempre que no se encuentren inhabilitados para la obtención de subvenciones públicas o para contratar con la Comunidad Autónoma de Canarias u otros entes públicos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los conceptos subvencionables deberán estar directamente relacionados con la realización del proyecto y pueden abarcar:a) Costes de personal: costes ocasionados por la participación en el proyecto de personal contratado temporal, ajeno al vinculado estatutaria o contractualmente de forma permanente con el organismo o entidad solicitante, que podrá incorporarse al proyecto durante todo o parte del tiempo de duración previsto, en dedicación parcial o total.
Los costes de personal podrán referirse a doctores y personal técnico de apoyo a la investigación.
Dicho personal habrá de incorporarse bajo cualquier modalidad de contratación temporal, acorde con la normativa vigente y con las normas del organismo solicitante, sin que ello implique compromiso alguno en cuanto a su posterior incorporación a dicho organismo.
La incorporación de becarios únicamente podrá financiarse a través de convocatorias autonómicas, nacionales o supranacionales relativas a la formación del personal investigador.
b) Costes de ejecución: costes debidamente justificados tales como los de adquisición de pequeños equipamientos científico-técnicos, material bibliográfico, material fungible, viajes y dietas, etc., así como los costes de utilización de servicios generales de apoyo a la investigación o grandes instalaciones científicas.
La adquisición de material informático inventariable sólo podrá financiarse cuando resulte imprescindible para el desarrollo del proyecto, por no existir o ser insuficientes los medios informáticos con que cuenta el centro donde se localiza la investigación.
Tales circunstancias deberán quedar cumplidamente acreditadas en el expediente y la adquisición del material informático requerirá autorización del organismo financiador.
Con cargo a la subvención, no podrán financiarse los siguientes gastos:
a) Retribución por cualquier concepto a los investigadores del proyecto.
b) Gastos de mobiliario y material de oficina.
c) Asistencia a congresos y reuniones científicas.
d) Suscripción de revistas periódicas y edición de libros.
e) Obras e instalaciones.
f) Dietas y viajes no incluidos en el plan de gastos previamente presentado ni, en su caso, los que no se ajusten en su cuantía a la normativa vigente de indemnizaciones por razón del servicio.
Se exceptuarán aquellos supuestos que sean autorizados excepcionalmente por la Dirección General de Universidades e Investigación, previa justificación debidamente razonada acerca de su necesidad para la ejecución del proyecto.
En todo caso sólo serán subvencionables aquellos gastos que tengan la consideración de elegibles con arreglo a los criterios de elegibilidad de gastos contemplados en la normativa de aplicación contenida en el Reglamento (CE) nº 1685/2000, de la Comisión, de 28 de julio de 2000, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1260/1999, del Consejo, en lo relativo a la financiación de las operaciones cofinanciadas por los Fondos Estructurales.
Documentos asociados
Boletín:
27/07/2004
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 144
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 144
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Boletín:
14/06/2005
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 115
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 115
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento