Subvenciones para la rehabilitacion de edificios de uso residencial y de viviendas.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S42264/13Norma:
Barcelona, 11 de novembre de 2013.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 31 de diciembre de 2013.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Hacer pública la convocatoria del año 2013 para la concesión de subvenciones para la rehabilitación de los edificios de viviendas de los barrios de Canyelles y Sur Oeste del Besòs con convenio específico firmado entre el Ayuntamiento de Barcelona, el Patronato Municipal de la Vivienda de Barcelona las respectivas asociaciones de vecinos y con la asistencia de la Secretaría de Vivienda de la Generalidad de Cataluña, en el que entre otras establecía que las viviendas de estos ámbitos se podrían acoger a las ayudas que establecía el decreto 274/2006, de20 de junio, por el que se establecen ayudas a la rehabilitación de grupos de viviendas de promoción pública en la ciudad de Barcelona.
Categorías Subvención
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consorcio de la Vivienda (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención para la rehabilitación de estos edificios será del 85% del presupuesto protegible de las obras sin tope. De este porcentaje el 60% irá a cargo de la aportación de la Agencia de la Vivienda de Cataluña y el 25% a cargo de la aportación del Patronato Municipal de la Vivienda de Barcelona, y el 15% restante hasta alcanzar el 100% lo aportarán los vecinos.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Aquellos propietarios la unidad familiar acredite tener ingresos inferiores a 2,33 veces el IRSC según la tabla de ingresos familiares establecida en el Plan de la Vivienda vigente, podrán solicitar una ayuda complementaria de hasta el 100% de la aportación individual que les corresponda hacer por la actuación correspondiente, siempre que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La rehabilitacion de edificios de uso residencial y de viviendas.Requisitos:
- Ser propietario de la vivienda afectada y que éste constituya su residencia habitual y permanente.- No disponer de otra vivienda en la ciudad de Barcelona.
Documentos asociados
Boletín:
15/11/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6502
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6502
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento